Con el fin de recordar a los viajeros los requisitos y prohibiciones al ingreso y salida del territorio hondureño y de esta manera evitar demoras al momento de la introducción de mercancías por vía aéreas, marítimas o terrestres, la Administración Aduanera de Honduras socializa el Régimen del Viajero.

Este régimen es el derecho que gozan los viajeros en el ingreso y salida de las mercancías de uso personal por cualquier punto aduanero sometiéndose a procedimientos de control e inspección del equipaje, siempre y cuando la misma no tenga fines comerciales.

El director Nacional de Operaciones Aduaneras, Marco Tulio Abadie, explicó: “Todo viajero que arribe o salga del territorio hondureño por cualquier vía habilitada, deberá efectuar una Declaración Jurada del Viajero en el formulario obligatorio, el cual es proporcionado por los medios de transporte marítimo, aéreo y terrestre”.

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Condiciones para el viajero

“El viajero deberá completar la información solicitada en el formulario, entre ellos: la identificación del viajero, documento de viaje, propósito de viaje, condición, valor total de las mercancías que trae consigo distintas del equipaje, tipo y compañía de
transporte, países de procedencia y destino, mercancías de importación restringida, descripción de las mercancías, equipaje no acompañado y cantidad de dinero o valores monetarios que trae consigo”, agregó el funcionario.

Asimismo, toda persona nacional o extranjera al ingresar o salir del país, está obligado a declarar si transporta o no dinero igual o mayor a diez mil dólares equivalentes a la moneda nacional o extranjera.

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