La Fiscalía del Distrito Sur de Nueva York solicitó al juez Kevin Castel una orden de protección de conformidad con la Sección 3 de la Ley de Procedimientos de Información Clasificada ("CIPA"), para que Raoul Zaltzberg, abogado de Juan Carlos Bonilla Valladares, revise el material clasificado.

La orden de protección busca que la información clasificada en interés de la seguridad nacional se maneje con precaución especial de seguridad exigidas por ley.

Esto como parte de las acciones previas al juicio que se ralizan para preparar la defensa del exdirector de la Policía Nacional de Honduras, Juan Carlos Bonilla Valladarres el 'Tigre'.

La “información clasificada” incluirá: documentos, grabación o información que haya sido clasificada por cualquier agencia del Poder Ejecutivo en interés de la seguridad nacional de conformidad con la Orden Ejecutiva 13526.

Esa información aparece como "Confidencial", "Secreto", "Máximo Secreto" o controlada adicionalmente como "información compartida sensible".

La información que se entregará señala que contendrá una marca de clasificación adecuada y se marcará "Proporcionado a Juan Carlos Bonilla.

Es la información que se utlizará para el juicio que está previsto realizarse el 18 de septiembre del 2023.

Bonilla Valladares fue acusado de conspirar para enviar cientos de kilogramos de cocaína a Estados Unidos, uso de violencia incluído el asesinato, para proteger a una célula particular de narcotraficantes incluído Juan Orlando y Juan Antonio Hernández Alvarado.

Además de posesión de armas y artefactos destructivos, según la acusación que formuló la Fiscalía de Nueva York en el mes de mayo del año 2020.

La información que se revisará

Hay materiales escritos, impresos, visuales, digitales, electrónicos o audibles de cualquier tipo, formales o informales, incluidos los originales,

Además de las copias conformes y las copias no conformes (sean diferentes del original por anotación realizada en dichas copias o de otro modo) , así como metadatos.

Las notas (manuscritas, orales o electrónicas); documentos; letras; correspondencia; memorandos; informes; resúmenes; fotografías; mapas; gráficos; gráficos; comunicaciones entre oficinas; anotaciones de cualquier tipo sobre conversaciones, reuniones u otras comunicaciones.

Además de boletines; teletipos; telecopias; telegramas; télex; transcripciones; cables; facsímiles; facturas; hojas de trabajo y borradores; microficha; microfilm; cintas de video; grabaciones de sonido de cualquier tipo; películas; registros electrónicos, mecánicos o eléctricos de cualquier tipo, incluidos, entre otros,

En esa información se contemplan también cintas, casetes, discos, grabaciones, películas, cintas de máquina de escribir, procesamiento de textos u otras cintas, discos o memorias USB de computadora y todo tipo de almacenamiento de procesamiento de datos electrónicos; y alteraciones,

El acceso a información

Que la defensa de Bonilla acceda a información clasificada significará tener acceso, revisar, leer, aprender o llegar a conocer de cualquier manera información clasificada.

El manejo se hará en área segura, que se refiere a una instalación de información confidencial compartimentada (SCIF) aprobada por un Oficial de seguridad de información clasificada (CISO) designado para el almacenamiento, manejo y control de información clasificada.

Información clasificada

Todos los documentos clasificados y la información clasificada contenida en ellos permanecerán clasificados a menos que los documentos lleven una indicación clara de que no están clasificados o han sido clasificados.

Cualquier información clasificada que se proporcione a la defensa por el Gobierno debe ser utilizada únicamente por la defensa y únicamente para preparar la defensa del acusado para el juicio.

La defensa no divulgará o hará que se divulgue cualquier información que sea información clasificada, excepto que se ordene lo contrario en este documento.

Está prohibido divulgar información clasificada al acusado a menos que esa información fuera previamente revelada a la defensa por el acusado o a menos que el Gobierno aprobara su divulgación y fuera marcada como "Provisto a Juan Carlos Bonilla.

Se señala que cualquier información clasificada que la defensa revele o discuta con el demandado se manejará de acuerdo con esta orden.

Ni la defensa ni el acusado divulgarán información clasificada a ninguna persona, excepto al Tribunal, al personal del Gobierno que tenga las autorizaciones de seguridad apropiadas y se haya determinado que necesitan conocer esa información.

Se le prohíbe a la defensa hacer declaraciones privadas o públicas donde las declaraciones revelarían conocimiento personal de fuentes no públicas con respecto al estado clasificado de la información.

Procedimientos de seguridad

El Gobierno informó que los Fiscales Federales Auxiliares Jacob H. Gutwillig, David J. Robles, Elinor L. Tarlow y Kyle A. Wirshba, así como sus supervisores asesores del Gobierno), tienen autorizaciones para tener acceso a información clasificada que los abogados del gobierno pretenden usar, revisar o divulgar en este caso.

Para asegurar que se maneja la información bajo los requerimientos establecidos en esta orden la Fiscalía pidió que la defensa de Bonilla firme un memorándum en el que se garantice el uso debido de la información.

Esta medida también fue aplicada a las defensas tanto de Juan Orlando Her´n´ández como la de Mauricio Hernández Pineda.

Estas acciones ocurren a cuatro meses de desarrollarse el juicio conjunto contra los tres imputados en caso de no haber cambios en la fecha de inicio del juicio.

Lea: Caso JOH: el documento de la Fiscalía de NY que 'hundiría' a Juan Orlando, 'El Tigre' Bonilla y Mauricio Hernández