La tabla de descuentos para la tercera edad en Honduras contempla beneficios económicos para las personas adultas mayores y quienes pertenecen a la cuarta edad, luego de la reforma a la Ley Integral de Protección al Adulto Mayor y Jubilados.

Los cambios quedaron establecidos mediante el Decreto Legislativo 45-2025, publicado en enero de 2026 en el diario oficial La Gaceta, número 37,047.

La reforma busca fortalecer los derechos económicos y sociales de este sector de la población mediante descuentos obligatorios en determinados bienes y servicios.

Entre los beneficios figuran rebajas en las facturas de energía eléctrica, telefonía, internet, agua potable y televisión por cable, así como en algunos pagos relacionados con bienes inmuebles y servicios aeroportuarios.

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¿Cuáles son los descuentos para la tercera y cuarta edad en Honduras?

De acuerdo con la tabla divulgada por el Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep), las personas de la tercera edad pueden acceder a un descuento del 25% en los rubros contemplados en la reforma.

En el caso de la cuarta edad, la rebaja establecida es del 35%. Estos porcentajes se aplican a los servicios y pagos detallados en el artículo 31 de la normativa.

¿Qué descuentos establece la ley para los adultos mayores?

La reforma contempla beneficios diferenciados según la edad. Para las personas de la tercera edad se establece, en términos generales, una rebaja del 25%; mientras que para quienes pertenecen a la cuarta edad el descuento es del 35%.

Estos porcentajes aplican a los siguientes servicios y pagos:

Estos porcentajes aplican a los siguientes servicios y pagos:

RubroTercera edadCuarta edad
Energía eléctrica25%35%
Telefonía fija y móvil, internet y otros servicios de comunicación25%35%
Consumo de agua potable25%35%
Impuesto sobre bienes inmuebles25%35%
Impuesto de salida por servicios aeroportuarios25%35%
Televisión por cable30%40%
Tabla de descuento para la tercera edad publicada por el Cohep.
Tabla de descuento para la tercera edad publicada por el Cohep.

¿Qué requisitos deben cumplir para recibir los descuentos?

La aplicación de los beneficios está sujeta a las condiciones establecidas para cada servicio en el artículo 31 de la Ley Integral de Protección al Adulto Mayor y Jubilados.

En el caso del impuesto sobre bienes inmuebles, por ejemplo, la reforma indica que el recibo debe estar a nombre del titular del inmueble que habita y corresponder al domicilio del beneficiario. Además, el descuento se aplica hasta un valor catastral de tres millones de lempiras.

Para los servicios de energía eléctrica, comunicación y agua potable, la normativa también establece requisitos relacionados con la factura y la condición del beneficiario.

Por esa razón, es importante revisar las disposiciones específicas antes de solicitar la rebaja.

Parte del texto que contempla la Ley Integral de Protección al Adulto Mayor y Jubilados.

¿Dónde denunciar si no respetan los descuentos de la tercera edad?

La reforma también incorpora mecanismos para vigilar que las instituciones públicas y las empresas privadas cumplan con la aplicación de los beneficios.

El artículo 31-A establece que la Fiscalía Especial de Protección al Consumidor y Adulto Mayor debe realizar inspecciones periódicas, ya sea por iniciativa propia o a partir de denuncias presentadas ante las autoridades correspondientes.

Asimismo, los establecimientos están obligados a informar de manera visible y clara sobre los descuentos disponibles, tanto en sus instalaciones físicas como en sus plataformas digitales.

Por su parte, el artículo 31-B ordena establecer un procedimiento simplificado para que los adultos mayores, jubilados, no jubilados y pensionados puedan denunciar cuando una entidad o empresa se niegue a reconocerles los beneficios.

La normativa contempla varios canales para presentar estas quejas:

  • En las oficinas físicas correspondientes.
  • Mediante llamadas telefónicas a la línea 115.
  • A través de los medios digitales y redes sociales habilitados para recibir denuncias.

Los reclamos deben ser conocidos y resueltos por la Fiscalía Especial de Protección al Consumidor y Adulto Mayor, según lo establecido en el decreto.

¿Desde cuándo están vigentes los descuentos para la tercera y cuarta edad?

El Decreto Legislativo 45-2025 fue publicado el 19 de enero de 2026 en La Gaceta, número 37,047. Su artículo 2 establece que entraría en vigor el mismo día de su publicación.

Esto significa que las disposiciones de la reforma están vigentes desde esa fecha y que los beneficios contemplados deben ser reconocidos por las entidades y empresas obligadas a cumplir la ley.

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¿Qué hacer si una empresa no aplica el beneficio?

Las personas adultas mayores que cumplan las condiciones establecidas pueden solicitar que se les aplique el descuento correspondiente al momento de pagar sus servicios o realizar los trámites respectivos.

Si el establecimiento se niega a reconocerlo, pueden recurrir a los canales de denuncia contemplados en la reforma, incluida la línea telefónica 115.

La modificación legal busca que los descuentos no queden únicamente establecidos en el papel, sino que puedan ser exigidos por sus beneficiarios y supervisados por las autoridades competentes.

Por ello, conocer la tabla de descuentos para la tercera edad en Honduras permite a los adultos mayores y sus familiares identificar los beneficios disponibles, verificar los porcentajes que corresponden y reclamar cuando no se respete lo establecido en la legislación nacional.