Gonzalo Sánchez, analista en temas de seguridad, enfatizó que un policía solo debe disparar contra un civil cuando su vida esté en peligro, según la Ley Orgánica de la Policía Nacional.
"La Ley Orgánica de la Policía Nacional establece que la persona debe hacer uso de su arma de fuego solo cuando su vida esté en inminente peligro; es decir, que el peligro se va a dar en el momento, de lo contrario, no puede hacer uso de su arma".
La Policía, con su capacidad excepcional, debe seguir el lema "servir y proteger", actuando como protectores de la ciudadanía, dijo Sánchez.
El análisis cobra relevancia tras la muerte de Julio Rodríguez, reconocido dirigente de Libertad y Refundación (Libre), en Quimistán, Santa Bárbara. El incidente ocurrió después de un altercado entre propietarios de mototaxis.
Organismos defensores de derechos humanos exigen una pronta investigación para evitar la impunidad.
Ricardo López, del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (Conadeh), instó a las instancias del Estado a realizar procedimientos de investigación y, si un policía disparó sin autorización, la Secretaría de Seguridad debe emprender un proceso de depuración más exhaustivo.
La presidenta del país, solidarizándose con los familiares de Rodríguez, exigió una investigación inmediata: "El crimen cometido en Pinalejo, Santa Bárbara, será investigado de inmediato y se aplicará la ley. No puede haber seguridad sin justicia".
Las autoridades policiales comisionaron al Inspector General de la Policía, Juan López Róchez, para investigar bajo la dirección técnica jurídica del Ministerio Público.
Miguel Martínez Madrid, portavoz de la Secretaría de Seguridad, dijo que "la Policía Nacional lamenta profundamente la pérdida de vidas humanas y reafirma su compromiso de actuar con responsabilidad y profesionalismo en la investigación de los hechos".
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