La controversia sobre los procedimientos legales aplicables a los magistrados del Tribunal de Justicia Electoral (TJE) fue el tema de debate este jueves en el programa Frente a Frente de Televicentro, donde expertos en derecho analizaron si corresponde un antejuicio o un juicio político tras la acción presentada por el Ministerio Público (MP).
El consenso general entre los panelistas fue que la solicitud de antejuicio impulsada por el MP no tiene base legal, ya que los magistrados del TJE gozan de prerrogativas equivalentes a las de los altos funcionarios del Estado, como los magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
El debate contó con la participación de los abogados Luis Romero, Alex Navas, Karla Romero, Reina Rivera y Edmundo Orellana (de forma virtual), moderados por Renato Álvarez, además de una intervención telefónica de los magistrados del TJE Mario Morazán y Mario Flores Urrutia, quienes ofrecieron versiones opuestas sobre la legalidad de las sesiones del pleno.
El debate se da luego que el Ministerio Público anunciara el 3 de noviembre una solicitud de antejuicio contra los magistrados Mario Flores Urrutia y Miriam Suyapa Barahona.
Según el ente acusador, ambos incumplieron la ley al resolver un recurso de recusación a favor de Flores Urrutia sin seguir los lineamientos correspondientes; y decidir la inscripción como candidatos a diputados de los ciudadanos Jorge Cálix y Cristhian Villalobos. En ambos casos sin que existiera cuórum.
No procede antejuicio, sino juicio político: juristas
El abogado Edmundo Orellana explicó que, conforme a la Constitución, los magistrados del TJE no son jueces de letras ni de apelaciones, sino que están al nivel de la Corte Suprema, por lo que el proceso adecuado es el procedimiento especial de altos funcionarios del Estado.
“La petición del MP refleja una ignorancia supina del procedimiento”, sentenció Orellana.
En esa misma línea, Luis Romero aclaró que el antejuicio solo aplica a jueces y magistrados de apelaciones, según el artículo 421 del Código Procesal Penal. Por tanto, la acción del MP tendría “un defecto de raíz”.
Por su parte, Reina Rivera diferenció la responsabilidad política de la criminal. Señaló que el juicio político busca remover del cargo a un funcionario por razones políticas o éticas, mientras que el antejuicio se usa para habilitar procesos penales.
Advirtió, además, que aplicar el antejuicio a los magistrados del TJE “vulneraría la independencia de los órganos electorales”.
En tanto, Alex Navas apuntó que más allá de la legalidad, debe prevalecer la legitimidad institucional, destacando que los entes autónomos pueden desobedecer órdenes con “vicios graves de nulidad”, como el caso del Consejo Nacional Electoral (CNE), que no acató una resolución del TJE.
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Magistrados del TJE se enfrentan por sesiones del pleno
Durante su intervención, el magistrado presidente Mario Flores Urrutia defendió la legalidad de las sesiones celebradas en el pleno del TJE, afirmando que el magistrado Mario Morazán fue debidamente convocado.
“Hay audios y certificaciones que prueban que Morazán fue convocado y que abandonó las sesiones de forma intempestiva”, señaló Urrutia, quien pidió “no faltar a la verdad” y aseguró que toda la documentación está en su poder.
En respuesta, Morazán rechazó las acusaciones y aseguró que nunca fue convocado a las reuniones donde se tomaron las decisiones clave, y por tanto no existió quórum.
“La sesión más importante se dio el martes 28 de octubre (donde se decidió la inscripción de Cálix y Villalobos), y a esa no fui convocado”, aclaró. Confirmó que tampoco participaron los magistrados suplentes.
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Antejuicio o juicio político ¿Qué son?
El antejuicio y el juicio político son dos mecanismos legales distintos en Honduras que limitan la responsabilidad de altos funcionarios públicos.
El antejuicio es un procedimiento penal previo y obligatorio que busca levantar la inmunidad o el fuero que protege a ciertos funcionarios (como alcaldes, diputados, magistrados o el Presidente).
Si un fiscal o querellante quiere investigar o acusar penalmente a uno de estos funcionarios por la comisión de un delito, no puede hacerlo directamente. Primero, debe solicitar a la Corte Suprema que declare si "ha lugar a formación de causa".
Si el órgano competente da luz verde, el funcionario pierde temporalmente su protección y el proceso penal puede continuar. Su objetivo es proteger la función pública de persecuciones infundadas.
Por su parte, el juicio político es un procedimiento de naturaleza política y administrativa, no penal.
Su propósito es la destitución o remoción del cargo de altos funcionarios, como el presidente, los magistrados de la Corte Suprema o los consejeros del Consejo Nacional Electoral, cuando han incurrido en graves violaciones a la Constitución o han cometido faltas que comprometen el decoro y la legalidad de su posición.
Esta herramienta no busca imponer una pena de cárcel, sino separar del puesto a quien ha traicionado el mandato constitucional, siendo el Congreso Nacional la autoridad encargada de conocer, juzgar y decidir sobre este tipo de responsabilidades.
Estado de Derecho y confianza ciudadana
Los panelistas coincidieron en que, más allá de las diferencias jurídicas, es vital respetar el Estado de Derecho para mantener la certidumbre democrática, especialmente en el marco de las elecciones generales de 2025.
El abogado Luis Romero concluyó con un llamado a la participación ciudadana:
“La asistencia masiva del pueblo hondureño a las urnas debe ser la herramienta que mate el fraude.”
