El artículo 69 de la Constitución de Honduras es clave para el estado de excepción que se extendió en el país por los próximos 45 días, ya que está contemplado dentro de las garantías constitucionales que se suspenden temporalmente en algunas zonas del país.

El secretario en Defensa y Seguridad, José Manuel Zelaya Rosales, anunció que el estado de excepción en Honduras se extendería por los próximos 45 días en el territorio nacional, sumando además, algunos barrios y colonias.

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El estado de excepción en el país se realizó con el objetivo de erradicar el crimen organizado y la extorsión en el país, que cabe señalar, ha alcanzado niveles alarmantes.

Según un informe realizado por la Asociación para una Sociedad Más Justa (ASJ) en Honduras se cobran alrededor de 87, 427 lempiras anuales por persona solamente en extorsión.

Desde la implementación del estado de excepción, se ha logrado la captura de 650 miembros de maras y pandillas, todos arrestados bajo delitos relacionados con el cobro de la extorsión.

Por otro lado, se han decomisado 350 armas de fuego, más de 400 libras de marihuana y 100 kilos de cocaína.

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En total, son 104 los barrios y colonias que estaban con suspensión de garantías constitucionales, 69 de Tegucigalpa y 93 de San Pedro Sula, no obstante para los siguientes 45 días, se sumaron otras colonias, incluyendo a 75 municipios en Honduras para el estado de excepción.

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Según el Observatorio de la Violencia y el Sistema Estadístico Policial en Línea (Sepol), el mes de diciembre en el 2022 cerró con el nivel más bajo de homicidios en los últimos 20 años.

Artículo 69 y el estado de excepción en Honduras

Ahora bien, el estado de excepción es un dispositivo contemplado en la Constitución de la República de Honduras, que permite la suspensión de garantías constitucionales individuales en el país en caso de que haya desorden o conflicto que genere disrupción en el orden público.

Por lo que el ejercicio de ciertas garantías se encuentra temporalmente suspendido por los próximos 45 días en las colonias y barrios establecidos.

Es ahí donde viene el artículo 69 de la Constitución de Honduras, que establece que "La libertad personal es inviolable y sólo con arreglo a las leyes podrá ser restringida o suspendida temporalmente".

Este artículo es uno que cesa temporalmente en el estado de excepción, en donde se restringe la libre circulación y asociación en ciertas zonas del país después de cierto horario.

De no respetar las medidas establecidas, los ciudadanos pueden ser detenidos hasta por 24 horas por las autoridades.