Para ganar tiempo o presentar una demanda al Estado son las razones por las cuales la defensa legal del expresidente Juan Orlando Hernández (2014-2022) presentó un recurso de amparo luego de que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ratificara su extradición a Estados Unidos, según el abogado penalista, Raúl Suazo.

El profesional del derecho indicó que la resolución de la CSJ no admite un nuevo recurso, por lo que la última acción de los apoderados legales del exmandatario tienen una razón contraria a evitar la extradición.

"A título personal se hace (presentar amparo) con intención de ganar algo de tiempo o terminar todas las actuaciones para posteriormente demandar al Estado de Honduras por una supuesta violación de derechos y garantías constitucionales del expresidente de la República", manifestó el jurista a HRN.

En ese sentido, señaló que al recurso de amparo se le hará el trámite correspondiente, sin embargo, posiblemente "hoy mismo sea declarado inadmisible".

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¿Por qué no se debería admitir el amparo?

Suazo recordó que el auto acordado referido a la extradición creado en 2013 por la CSJ en el articulo 6 establece que "contra la resolución del máximo tribunal no cabrá recurso alguno".

Debido a que el amparo se interpone cuando se considera que hay violación a derechos y garantías constitucionales o de tratados internacionales, deberá conocerse y analizarse, pero no será admisible.

Cargos JOH

El pleno de la CSJ ratificó el pasado 28 de marzo la extradición de Juan Orlando Hernández luego de que su defensa presentará un recurso de apelación contra la resolución del juez en primera instancia donde autorizaba el envió del hondureño a Estados Unidos por tres cargos en su contra:

  1. Por conspiración para importar una sustancia controlada a los Estados Unidos con el conocimiento de que dicha sustancia sería importada ilegalmente a los Estados Unidos a aguas a una distancia de 12 millas de la costa del país norteamericano. Además, en ese mismo cargo se le acusa de fabricar, distribuir y poseer con la intención de distribuir una sustancia controlada a bordo de una aeronave registrada en los Estados Unidos.
  2. El segundo cargo, es por usar o portar armas de fuego, o ayudar e instigar al uso, el poder y la posesión de ametralladoras y dispositivos destructivos. Las armas y los dispositivos destructivos serían "en apoyo de la conspiración de importación de narcóticos de los que se le acusa en el cargo uno".
  3. El cargo tres se refiere a una conspiración para usar o portar armas de fuego, incluyendo ametralladoras y dispositivos destructivos, durante y en relación con; o poseer armas de fuego, incluyendo ametralladoras y dispositivos destructivos, en apoyo de la conspiración de importación de narcóticos.

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