El Artículo 326 del Código del Trabajo de Honduras aborda el tema de la jornada de trabajo que corresponden a los derechos y deberes de los empleados.

La jornada de trabajo se define como el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del empleador para desempeñar sus labores.

Cabe destacar, que el Código de Trabajo de Honduras es una legislación laboral que tiene como objetivo principal regular las relaciones entre los empleadores y los trabajadores en el país.

Su finalidad es establecer normas justas y equitativas que protejan los derechos y promuevan el bienestar de los trabajadores hondureños.

Según el articulo 326 se pueden pactar horarios de intervalo. Foto. Redes

¿Qué dice el artículo 326 código del trabajo Honduras?

Además, el Código de Trabajo en Honduras establece los derechos y obligaciones de los empleadores y los trabajadores, promoviendo así un equilibrio en las relaciones laborales.

El artículo 326 del código de trabajo establece lo siguiente.

La jornada ordinaria de trabajo puede ser continua o dividirse en dos o más períodos con intervalos de descanso que se adapten racionalmente a la naturaleza del trabajo de que se trate y a las necesidades del trabajador.

Siempre que se pacte una jornada ordinaria continua, el trabajador tiene derecho a un descanso mínimo de treinta (30) minutos dentro de esa jornada, el que debe computarse como tiempo de trabajo efectivo.

Tanto el empleado como empleador deben estar de acuerdo para pactar horarios de intervalo. Foto: TOMI.Digital

Es decir, que una jornada laboral de una empresa  puede facilitar al empleado o trabajador un horario ya sea continuo o discontinuo.

El empleador podrá aceptar firmar un contrato siempre y cuando ambas parten así lo pacten.

Cabe resaltar, que los horarios que sean discontinuos, no significa que el descanso de mínimo de los 30 minutos no se respetará, será igual como si fuera un horario continuo.  

Esos horarios divididos pueden ser como en el contrato se pacten, sea por la mañana, tarde, o incluso noche (eso lo decide el que requiere el intervalo de horario con consentimiento del empleador).

Sin embargo, se deben cumplir las horas laborales establecidas por la ley.