Una vez que el Congreso Nacional aprobó la ampliación por 90 días más de la amnistía tributaria, los contribuyentes y clientes de servicios púbicos serán beneficiados, ya que solo pagarán el capital dejado de pagar en concepto de impuestos incluyendo el 2020, sin recargos.

Los obligados no pagarán multas, sobre multas, recargos e intereses causados por mora ante el incumplimiento en el pago de los respectivos impuestos, según la aprobación.

Amnistías

La extensión de la amnistía aplica para el pago de impuestos municipales. Los contribuyentes pagarán solo el capital de tributos, tasas y contribuciones, libre de multas, recargos, intereses sobre las deudas, sobre tasas y cualquier otro tipo de recargos ocasionados por mora, que vía administrativo o judicial esté acumulada al 31 de diciembre de 2020.

También incluye amnistía por retrasos en el pago de licencias sanitarias y permisos de operación emitidos por las alcaldías.

Pagos a empresas públicas: Los usuarios de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) y la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (Hondutel) también podrán pagar saldos atrasados sin intereses moratorios.

Amnistía vehicular: Se concede a los usuarios que no estén al día con sus obligaciones con el Instituto de la Propiedad y también con los excedentes desprendidos de la importación de vehículos.

Renovaciones: En este caso, se exonera de multas por vencimiento de la licencia de conducir, y licencia de tenencia y portación de armas otorgadas por la Secretaría de Defensa o Secretaría de Seguridad.

Amnistía del IHSS: En particular se autoriza al Instituto Hondureño de Seguridad Social dar amnistía en concepto de aportes patronales y cotizaciones laborales, sin recargos, multas e intereses en las deudas de las empresas.

Conatel: también se concede amnistía al sector telecomunicaciones en lo relacionado a obligaciones pendientes con la Comisión Nacional de Telecomunicaciones.

Además, el decreto aprobado por el Congreso Nacional contempla la introducción de vehículos versión liviano de trabajo y de carga, independientemente de su placa y año de fabricación, por un periodo de seis meses.