Son cuatro mujeres y 18 hombres los que continúan en el proceso: Jenny Gabriela Almendares Flores, Alejandro Alvarenga Padilla, Omar Bonilla Jiménez, Marcio Cabañas Cadillo, Carlos Roberto Calix Hernández, Félix Antonio Coca Gonzáles, Plinio Leonel Consuegra Mondragón, lvis Antonio Discua Barillas, Olga Yaneth Flores Aguilar, Yuri Fernando Melara Berlioz, Mario Alexis Morazán Aguilera

De igual modo, Rita Ondina Núñez Barahona, Pablo Emilio Reyes Theodore, Luis Javier Santos Cruz, Raúl Hernán Silva Castellanos, Kevin Alessandro Solorzano Hernández, Juan Rafael Soto Aguilar, Mario Roberto Urquía Fajardo, Reyna Teresa Valerio Harry, Julio Vladimir Mendoza, Johel Antonio Zelaya Álvarez, Marco Antonio Zelaya Reyes

Estos 22 profesionales del derecho serán sometidos al proceso de denuncias y tachas, que inició este miércoles y que culminará el próximo 10 de julio, según anunció la Junta Proponente.

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Esta fase, según el artículo 46 del reglamento de la Junta Proponente, tendrá como propósito que cualquier ciudadano presente, vía escrita, una acción destinada a cuestionar la integridad o la ética del postulante, así como para señalar presuntas responsabilidades administrativas, civiles o penales (esto es la denuncia).

Mientras que la tacha se refiere al incumplimiento de requisitos, la existencia de inhabilidades o la falta de idoneidad y capacidad profesional del postulante.

Las denuncias o tachas pueden presentarse de forma presencial en la Escuela Judicial de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), en Tegucigalpa, Francisco Morazán, o a través del correo electrónico juntaproponentemphn@gmail.com.

¿Qué debe presentar el denunciante?

Para presentar denuncias o tachas, el denunciante deberá acreditar datos personales y dirección física o electrónica para notificaciones.

La tacha o denuncia podrá realizarse bajo petición de reserva. "En ese caso, la Junta ponderará y procederá a establecer el mecanismo respectivo para su tramitación", indica el reglamento de la Junta Proponente.

También se deberá presentar una fotocopia del Documento Nacional de Identificación (DNI) del denunciante y el número de DNI de la persona postulante contra quien se formula la denuncia o tacha.

Además, se deberá justificar claramente cada una de las causales en que el denunciante sostiene la tacha o los hechos en que basa su denuncia contra la persona postulante.

De igual modo, los documentos, soportes y demás evidencia en que fundamenta su tacha o denuncia, o la designación del lugar donde se encuentra.

Y, por último, la firma o huella digital de quien la formula.

Motivos de denuncia y tacha, según reglamento de la Junta Proponente

  • Incumplimiento de requisitos y criterios de selección, o presentar situación o condición de inhabilidad, de acuerdo con lo establecido en la Constitución, la Ley del Ministerio Público, este reglamento y el Perfil Ideal para los cargos de Fiscal General y Fiscal General Adjunto.
  • Haber sido condenado por la comisión de cualquier delito doloso, o encontrarse procesado por cualquier delito doloso.
  • Haber sido sancionado en procesos por violencia doméstica.
  • Haber sido vencido mediante sentencia firme como parte demandada en procesos judiciales civiles, administrativos, laborales, de inquilinatoo de cualquier otra naturaleza, por incumplimiento o violación de obligaciones contractuales.
  • Tener resoluciones o sanciones por violaciones de derechos humanos, ante cualquier órgano del sistema de justicia o de protección de derechos humanos.
  • Haber sido sancionado en dos (2) o más ocasiones por faltas graves a la Ley de Tránsito o la Ley de Policía y de Convivencia Social, dentro de los últimos cinco (5) años.
  • Haber sido sancionado por faltas graves por el Colegio de Abogados de Honduras, o por la Contraloría del Notariado.
  • Haber sido destituido por medida disciplinaria del Poder Judicial, el Ministerio Público o la Administración Pública; o haber sido despedido en la actividad privada por falta grave debidamente probada.
  • Habiendo administrado o recaudado valores públicos, no tener el finiquito de solvencia de parte del Tribunal Superior de Cuentas.
  • Encontrarse dentro de presunción de enriquecimiento ilícito, declarada por el Tribunal Superior de Cuentas.
  • Ser deudor moroso de la Hacienda pública, o no haber presentado su declaración de impuesto sobre la renta en alguna ocasión durante los cinco (5) años previos a la fecha de su postulación.
  • Ser deudor alimentario moroso.
  • Ser concesionario del Estado para la explotación de riquezas naturales.
  • Ser contratista de servicios y obras públicas con el Estado.
  • Toda conducta de la persona postulante que pudiera directa o indirectamente indicar la existencia de conflictos de interés; afectación de los valores democráticos; violación de los derechos humanos; acoso u hostigamiento sexual; explotación laboral; trato discriminatorio a personas o colectivos tradicionalmente excluidos; obstrucción o negación a la lucha contra la corrupción y el crimen organizado; y negociaciones de hecho que pudieran afectar su correcto ejercicio en la Fiscalía General o la Fiscalía General Adjunta.
  • Listado final

    Tras concluir las audiencias públicas y la matriz de evaluación, la Junta Proponente deberá enviar al Congreso Nacional, a más tardar el 1 de agosto, una nómina con los cinco mejores evaluados.

    Esta nómina deberá incluir un mínimo de dos mujeres y será sometida a votación de los 128 diputados del Legislativo. Se requerirán 86 votos para elegir al nuevo fiscal general y adjunto, que fungirán entre 2023 y 2028.

    El fiscal general, Óscar Chinchilla, y el fiscal general adjunto, Daniel Sibrián, cesarán en sus cargos el próximo 31 de agosto. El 1 de septiembre asumirán las nuevas autoridades de la Fiscalía hondureña.

    De interés: Estos son los 22 postulantes a fiscal del Ministerio Público que pasaron la primera fase