El Ministerio Público (MP) informó este lunes que le fue dictada una sentencia condenatoria por el delito de cohecho a ocho agentes y oficiales de la Policía Nacional, acusados de cobrar sobornos a ganaderos de Choluteca, zona sur de Honduras.

Los condenados son:

  • Maryon Mohamed Ibarra
  • José Rolando Chávez
  • Sergio Hernán Baquedano
  • Mileydi Edinora Moreni
  • José Alexis Castellanos
  • German Geovany Ponce
  • José Elías Bustillo
  • Juan José Hernández

La investigación reveló un esquema de corrupción

Tras una investigación liderada por fiscales de la UF-ADPOL y llevada a cabo por agentes de la Agencia Técnica de Investigación Criminal (ATIC), se reveló un esquema de corrupción que involucra a miembros de la policía en Choluteca durante los años 2012-2015.

Según los hallazgos, estos agentes solicitaban pagos, entre 10 mil y 13 lempiras, a ganaderos de Choluteca para permitir el traslado de ganado por puntos ciegos para evadir impuestos, lo que constituye claramente un acto de soborno, explicó el MP.

Estos pagos se efectuaban en efectivo y provenían de los fondos manejados por los dueños de ganado, siendo entregados en diversos puntos de control, incluyendo Pavana, El Triunfo, Namasigüe y ocasionalmente en las instalaciones de la Asociación de Ganaderos de Choluteca (AGACH), agregó el ente acusador del Estado.

Bajo el mando del Comisionado Lorgio Oquelí se creó una estructura criminal, según el MP

Por otra parte, el MP agregó que, para facilitar esta actividad ilícita y bajo el mando del comisionado Lorgio Oquelí Mejía Tinoco (también imputado por los fiscales), se estableció una estructura delictiva que incluía miembros de la Unidad Departamental de Prevención (UDEP) y de la Dirección de Servicios Especiales de Investigación (DNSEI).

Comisionado de la Policía Nacional de Honduras, Lorgio Oquelí Mejía Tinoco 

El requerimiento fiscal presentado por la UF-ADPOL también menciona a la exesposa del comisionado Mejía Tinoco, Denisse Yamileth Morales, quien fue condenada en febrero de 2021 por lavado de activos y para quien se ha ordenado el decomiso de siete cuentas bancarias a su nombre.

Esto dice el Código Penal de Honduras sobre el delito de cohecho impropio

Según el artículo 492 del Código Penal de Honduras, incurre en cohecho impropio "el funcionario o empleado público que, en provecho propio o de un tercero, recibe, solicita o acepta, por sí o por otra persona o entidad, dádiva…para realizar en el ejercicio de su cargo un acto contrario a los deberes inherentes".

Este tipo penal es castigado con penas de prisión de cinco a siete años y multa por una cantidad igual o hasta el triple del valor de la dádiva.

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