El Congreso Nacional anunció este martes que comenzará a socializar el proyecto de ley para traspasar tierras a campesinos que hayan sido incautadas por la Oficina Administradora de Bienes Incautados (OABI), a grupos criminales existentes en el país.
La Comisión Ordinaria de Seguridad y Prevención Ciudadana del Congreso Nacional convocó para mañana miércoles 17 de agosto a una reunión en el hemiciclo legislativo al director ejecutivo del Instituto Nacional Agrario (INA), José Francisco Fúnez, al subdirector ejecutivo, Rafael Alegría, al director ejecutivo de la OABI, Jorge González y al Procurador General de la República, Manuel Galeas.
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Lo anterior con el propósito de que los funcionarios conozcan el proyecto de decreto de ley del diputado del partido oficialista Libertad y Refundación (Libre), Jari Dixon, que va orientado a que todas aquellas tierras que fueron objeto de privación de dominio a organizaciones criminales y sobre las que haya recaído sentencia definitiva firme deberán ser otorgadas a grupos campesinos constituidos donde se ubique el bien en mención.
Propuesta de Jari Dixon
El proyecto del legislador hondureño se encamina a que las tierras incautadas por la OABI, con sentencia firme, pasen a posesión del Instituto Nacional Agrario (INA) para que las reparta a campesinos organizados y de esa manera resolver parte del conflicto agrario.
Según el proyecto de Dixon, los colectivos de campesinos que se beneficien con esas tierras deberán estar legalmente constituidos y no podrán usarlas para fines comerciales.
Según la Ley sobre Privación Definitiva del Dominio de Bienes de Origen Ilícito, la distribución de los bienes en comiso o decomiso se realiza de la siguiente manera:
- Un 45 % para las unidades que directamente trabajen en la lucha contra la criminalidad organizada.
- Un 8 % para la OABI
- Un 8 % para las instituciones que trabajan en atención a víctimas de las actividades ilícitas que contempla la ley Ley sobre Privación Definitiva del Dominio de Bienes de Origen Ilícito.
- Un 4 % para la destinación de los programas de protección a testigos
- Un 10 % para la persona natural que oportunamente y de manera eficaz aportó o contribuyo a la obtención de elementos probatorios que sirvieron para dictar la sentencia declarativa de privación de dominio.
- Un 10 % a las alcaldías donde se encuentra los bienes objeto de privación definitiva de dominio.
- Un 10 %para los programas y centros asistenciales que trabajan en la prevención y rehabilitación de jóvenes con problemas de adicciones.
- Un 5 % al Fondo Especial para la Prevención Social y Lucha Contra la Criminalidad Organizada.
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