Luego de reiteradas denuncias de supuestas alteraciones de actas en el nivel de diputados en las pasadas elecciones generales del (28.11.2021), algunos expertos consideran que los delitos electorales deben pagarse con cárcel en Honduras.

En ese sentido, el analista político Omar García calificó este tipo de acciones como “un acto criminal”, por consiguiente, deben ser penados con prisión y no con multas.

Yo creo que los delitos electorales deben de pagarse con cárcel y no con multas; porque aquí se está llevando de encuentro la opinión de la gente”, señaló García.

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Al mismo tiempo, recalcó que en Honduras se debe de iniciar un cambio generacional de actitud y dejar atrás estos vicios del pasado.

“Que es eso de irse a dormir al centro de votación para ver si no lo borran a uno; debemos de respetar eso, la voluntad popular”, expresó el analista hondureño.

Finalmente, enfatizó que si se imponen a candidatos a elección popular, comenzará la degradación de la democracia en el país.

Delitos electorales en Honduras

En ese sentido, el artículo 310 de la nueva Ley Electoral de Honduras establece que "la justicia ordinaria debe conocer de los delitos cometidos en elecciones y la ley penal debe tipificar los mismos e imponer las penas que correspondan".

Asimismo, el artículo 542 del Código Penal habla del delito de coacción y amenaza electoral, contemplando una pena de 4 a 6 años de cárcel para quien ejecute alguna de estas conductas:

  1. Sin estar legítimamente autorizado, impidiere a otro mediante el uso o no de violencia, ejercer sus derechos electorales
  2. No permitiere o por cualquier medio obstaculizare a los organismos electorales, la ocupación oportuna de los locales públicos necesarios para su funcionamiento
  3. Alteración u obstaculización de cualquier acto legítimo de propaganda electoral
  4. Impida a los órganos electorales o a cualquiera de sus miembros, el cumplimiento de sus funciones
  5. Impida la apertura de la votación, la interrumpa o cambie de local

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