El doctor en derechos humanos, Joaquín Mejía, consideró positivo que el Congreso Nacional eliminara el delito de difamación del nuevo Código Penal, lo que permite que la Ley sea compatible con los estándares internacionales de DDHH.

Sin embargo, Mejía planteó la necesidad que el Legislativo despenalice los delitos de injuria y calumnia porque representan un atentado a los estándares vinculados a la libertad de expresión.

Al respecto, el Colegio de Periodistas de Honduras (CPH) a través de su presidente, Dagoberto Rodríguez, también demandó que los delitos de calumnia e injuria deben quitarse de la nueva Ley Penal y, en el caso, quedar en el ámbito civil.

De igual manera, el analista internacional de derechos humanos manifestó, en un análisis por parte del Consejo Nacional Anticorrupción (CNA), que el artículo 553 del nuevo Código Penal sobre reuniones y manifestaciones, violenta los principios de presunción de inocencia y el de responsabilidad.

Preocupa también el delito de terrorismo "que aunque no define qué es, tiene un alcance excesivamente amplio que puede llevar a la criminalización de una amplia serie de conductas que no merecen la calificación, porque incluso una protesta social puede ser considerada como terrorismo", señaló Mejía.

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Artículo 153 era positivo

El también catedrático universitario dijo que el artículo 153 del nuevo instrumento penal hondureño implicaba un avance para el país en materia de derechos humanos, pero cuestionó que el mismo Congreso Nacional lo eliminara.

El artículo "establecía el principio de responsabilidad superior jerárquico y significaba que los altos mandos policiales y militares son responsables de acuerdo a los estándares internacionales por los delitos cometidos por sus subalternos", expresó.

Mario Pérez, secretario del Congreso Nacional, dijo el 20 de febrero cuando se eliminó el artículo 153 que "deja claro y establecido que una violación de derechos humanos es responsable quien comete el hecho y quien dio la orden -si es que existió alguien que ordenó-, pero que nunca va a llegar a responsabilidad contra alguien que no tuvo el conocimiento de esa situación o que no tuvo ningún tipo de participación en la misma".

Para Mejía, ese principio de responsabilidad al alto mando "era positivo y el Congreso lo eliminó con el objetivo de enviarle un mensaje a los militares y policías de que les están dando impunidad, lo cual es una total mentira porque ese principio de responsabilidad penal del superior jerárquico está en el bloque de constitucionalidad porque es un principio de carácter internacional".

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De esa manera, Joaquín Mejía dijo que los tratados internacionales están por encima del Código Penal porque el principio está en el Estatuto de Roma y que en Honduras entró en vigencia en julio de 2002 y, por tanto, forma parte de la Constitución y aunque se haya eliminado del Código Penal habrá que ver si los entes de justicia del país aplican la supremacía.

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