La Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE), determinó el viernes (9.10.2020) dejar sin lugar la solicitud de la Empresa Nacional de la Energía Eléctrica (ENEE) para aprobar las modificaciones a los contratos con generadoras de energía en el país.

La CREE estableció que las modificaciones realizadas en los contratos por la ENEE, difieren sustancialmente de las condiciones establecidas en las bases de licitación del proceso del cual resultaron los contratos de energía eléctrica.

Además apuntaron que las modificaciones propuestas a los contratos anularían el principio de igualdad de condiciones que se busca en un proceso de licitación, socavando la competencia y seguridad jurídica en el mercado eléctrico por lo que el proceso no se apegó a las recomendaciones requeridas para la licitación pública internacional.

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Asimismo, en un comunicado indicaron que si las empresas distribuidoras no tienen cubierta su demanda, deben llevar a cabo licitaciones públicas internacionales y en su defecto, la CREE puede autorizarles cubriéndola mediante un mercado de oportunidades, mientras se realizan dichas licitaciones, el cual permite transacciones de energía y potencia entre partes, sin necesidad de un contrato.

En ese sentido, la CREE comunicó que en apego a Ley General de la Industria Eléctrica (LGIE), se aprobó los contratos No. 11/2018, 12/2018 y 13/2018, y, por lo tanto, reconoce su vigencia tal y como enmarcada en los términos originales que se adjudicaron.

Por lo que citó que la solución definitiva para los problemas históricos de suministro eléctrico en el Litoral Atlántico siempre ha sido la inversión en infraestructura de transmisión, pero que esta ha sido soslayada, sustituyéndola con la contratación de generación local, resultando en mayores costos y una baja seguridad y calidad del suministro para los usuarios.

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