El nuevo Código Penal está a punto de entrar en vigencia en Honduras y dentro de los muchos cuestionamientos destaca el de favorecer a los pedófilos, en pleno apogeo del movimiento "Minor-attracted person" o “Persona atraída por menores” (MAP) que busca legalizar este flagelo en países de América Latina.
En ese sentido, defensores de los derechos de menores de edad han alertado sobre la reducción de penas, y hasta liberación, a los abusadores y acosadores de menores de 14 años, establecidas en varios artículos de la nueva legislación que entrará en vigencia el 25 de junio de 2020.
"Acosadores de tu hijo/hija caminarán por la calle sin castigo"
De acuerdo al director ejecutivo de la Coordinación de Instituciones Privadas por las Niñas, Niños, Adolescentes, Jóvenes y sus Derechos (Coiproden), Wilmer Vásquez, gracias al nuevo Código Penal los acosadores de menores podrán caminar libremente por las calles.
Ya que el actual Código establece penas de 3 a 6 años de cárcel para los acosadores cibernéticos pero en la nueva legislación de reduce para que sea arresto domiciliario, incluso podrá salir en libertad.
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Así lo establece el artículo 253 y 254 de la nueva legislación publicada en La Gaceta:
"Es inaudito que haya personas que defiendan la reducción de penas por abuso sexual"
En entrevista con tunota.com, el diputado del partido Libertad y Refundación (Libre), Jorge Cálix, dijo que es inaudito que haya personas, sobretodo mujeres, que defiendan la entrada en vigencia de este Código que disminuye sustancialmente las penas a los violadores.
Agregó que es lamentable que esta nueva legislación favorece la violencia de género y lamentó que se rebajen la pena por estupro (relaciones con menores de edad bajo su consentimiento) que actualmente es de hasta seis años de cárcel.
Por lo que recalcó su oposición a la reducción de penas por narcotráfico, corrupción y los relacionados contra la violencia de género.
Sus declaraciones con base a lo que reza el Artículo 254 :
ARTÍCULO 254.- ESTUPRO. Quien utilizando engaño realiza actos de contenido sexual con persona mayor de catorce (14) y menor de dieciocho (18) años, debe ser castigado con la pena de prisión de seis (6) meses a un (1) año. Si los actos sexuales implican acceso carnal por cualquier vía, las penas deben ser de prisión de uno (1) a tres (3) años y prestación de servicios de utilidad pública o a las víctimas por tiempo de dos (2) a cuatro (4) meses o multa de trescientos (300) a seiscientos (600) días.
De acuerdo a la portavoz del Ministerio Público, Lorena Cálix, sólo en Tegucigalpa, capital de Honduras se reportan de uno a tres casos de abuso sexual contra menores cada semana.
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