La orden judicial para desalojar a los pobladores de la comunidad indígena lenca Tierras del Padre del municipio de Santa Ana, Francisco Morazán, se ejecutó el miércoles (09.02.2022) en horas del mediodía.

Pese a que a eso de las 6:30 de la mañana el desalojo se detuvo por un error en la fecha del documento legal, las autoridades procedieron horas más tarde a asegurar la zona, luego que el juez ejecutor y autoridad policial dialogaran con representantes de derechos humanos y comuneros.

Al menos 120 familias habitaban hasta hoy en Tierras del Padre y aseguran que son tierras ancestrales, mientras una persona natural las reclama como de su propiedad.

Al sector, que está a unos 13 kilómetros de la salida de Tegucigalpa a la zona sur de Honduras, llegó un fuerte contingente de seguridad para acompañar las acciones de desalojo, aunque no de manera violenta, afirmó la viceministra de Seguridad, Julissa Villanueva.

Previo debate

La subsecretaria de Seguridad, Julissa Villanueva, dijo en horas de la mañana en su cuenta de Twitter que los elementos de la Policía Nacional se presentaron al lugar de manera pacífica, a la espera que las partes en conflicto lleguen a un acuerdo.

A este acuerdo se llegó también con la Oficina en Honduras del Alto Comisionado de las Naciones Unidas de Derechos Humanos (Oacnudh), publicó Villanueva.

"La @PoliciaHonduras cumple con acompañamiento a orden girada por juez, para no caer en desacato. No está instruida a violar derechos humanos ni a generar violencia contra las comunidades. Se recomienda que las partes en conflicto resuelvan a la brevedad esta problemática", dijo Villanueva en otro tuit.

La Oacnudh por su parte instó al Estado a considerar suspender su ejecución de desalojo en Tierras del Padre, "por no observarse las garantías y las condiciones para la protección efectiva de los derechos de la comunidad, particularmente su derecho a la vivienda y a la alimentación".

A su vez la Oficina del Alto Comisionado de los Derechos Humanos indicó que es preocupante estas acciones cuando "no se ha dado trámite a un recurso de amparo presentado por la comunidad para la tutela de sus derechos".