El experto explicó que, el 20 de abril de 2022, por unanimidad de los 128 diputados del Congreso Nacional, se aprobó el decreto 32-2022 que estipula la derogación de los artículos en la Constitución de la República que crean estas zonas, como el 329. Sin embargo, este no fue ratificado con mayoría calificada (86 votos) en la subsiguiente legislatura (2023), la cual concluyó el pasado 31 de agosto. Por lo tanto, "la figura de las ZEDE es una entidad constitucional".

Ese mismo día, también se aprobó el decreto 33-2022, por unanimidad, que deroga la Ley Orgánica de la ZEDE y toda normativa relacionada a este régimen. Esta es una reforma de leyes secundarias, por lo que no requirió una ratificación para entrar en vigencia. No obstante, el artículo 45 de dicha ley establecía que aunque sea derogada, seguirá vigente por el tiempo establecido en el contrato de estabilidad jurídica de las ZEDE.

En ese contexto, para determinar si las zonas ya instaladas en Honduras, que son tres: "Próspera" en Roatán, Islas de la Bahía; "Orquídea" en San Marcos de Colón, Choluteca y "Morazán" en Choloma, Cortés; pueden seguir operando, debe estudiarse el momento de su instalación para establecer si cumplieron los requisitos establecidos en el artículo 329 de la Constitución y la Ley Orgánica de las ZEDE.

"Una inversión no puede alegar que tiene derechos reconocidos cuando estos no hayan observado el principio de legalidad, es decir, que no haya cumplido con los requisitos legales de las normas nacionales para poder operar", detalló Mejía en el foro Frente a Frente de Canal 5.

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Requisitos para instalar una ZEDE, según el artículo 329:

  • Debe ser creada por el Congreso Nacional, por mayoría calificada, y publicada en el Diario Oficial La Gaceta.
  • Previamente, las dos terceras partes de la ciudadanía de donde se instalará la ZEDE debe aprobar su creación a través de un plebiscito.
  • Este último requisito no es necesario para regímenes creados en zonas con baja densidad poblacional, pero tiene que existir un dictamen del Instituto Nacional de Estadística (INE) donde establezca cómo calculó que la zona es de baja densidad. Estos resultados deben publicarse en La Gaceta.

En tal sentido, concluyó que "no existen las ZEDE porque no han cumplido los requisitos establecidos en la Constitución y la normativa que fue derogada -Ley Orgánica de las ZEDE-", ya que se desconoce la publicación en el Diario Oficial La Gaceta de que fueron aprobadas por mayoría calificada en el Congreso Nacional.

¿Qué son las ZEDE?

El 12 de junio de 2013, el Congreso Nacional aprobó la Ley Orgánica de las ZEDE, que establecía estas zonas como espacios territoriales altamente atractivos para la inversión nacional y extranjera.

Estas zonas tienen autonomía política y normativa, así como tribunales independientes y competencia exclusiva en su territorio. También poseen la capacidad de gestionar su presupuesto, recaudar impuestos y aplicar políticas fiscales independientes.

El Secretario Técnico de Próspera ZEDE, Jorge Colindres, indicó que siguen operando en base al artículo 45 de la derogada Ley Orgánica, "porque el Estado de Honduras garantizó las permanencias de las ZEDE por un periodo mínimo de 50 años".

Los inversionistas de esta misma empresa, presentaron ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) una demanda de más de 10 mil millones de dólares por perjuicios a su inversión tras las resoluciones sobre las ZEDE del Congreso Nacional. Pese a esto, Colindres aseguró que Próspera está dispuesto a dialogar con el Gobierno para llegar a un acuerdo.

Por su parte, el vicepresidente del Congreso Nacional, Rasel Tomé, afirmó que el actual Gobierno no van a aceptar estas zonas, denominadas "mini Estados", dentro del territorio nacional.

"No nació jurídicamente -ZEDE- porque la propia Constitución dice que si afecta los principios de cómo se constituye como Estado, significa que no tuvo validez", expresó.

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