El Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) establece requisitos, documentos y plazos para el cobro de subsidios por incapacidad temporal o maternidad, trámite que debe completarse para acceder al pago.

Cobro de subsidios por incapacidad temporal en el IHSS

Para una incapacidad por enfermedad o accidente común, el asegurado debe acreditar al menos dos meses de cotización dentro de los cuatro meses calendario anteriores al mes en que se generó la incapacidad.

La normativa también exige que el trabajador tenga vigente su condición de asegurado al momento de generarse el certificado.

En estos casos, el IHSS comienza a pagar el subsidio a partir del cuarto día calendario de incapacidad. Los primeros tres días corresponden al patrono y el beneficio del Instituto puede extenderse hasta un máximo de 365 días calendario.

El subsidio diario equivale al 66 % del salario base mensual de referencia, de acuerdo con el techo del régimen correspondiente. El patrono debe cubrir la diferencia hasta completar el salario que recibe el trabajador.

Requisitos para el subsidio de maternidad en el IHSS

En el caso de maternidad, el reglamento específico de incapacidades del IHSS establece que la asegurada puede recibir el subsidio cuando acredita 10 meses cotizados antes de la fecha probable de inicio del reposo prenatal, o 12 meses cotizados dentro de los últimos 18 meses previos a ese inicio. Si no cumple con las cotizaciones requeridas, la incapacidad puede ser emitida para justificar el reposo, pero sin derecho al pago del subsidio por parte del IHSS.

El reposo por maternidad comprende 42 días de prenatal y 42 días de posnatal. La incapacidad prenatal debe otorgarse a partir de las 28 semanas de gestación y antes de comenzar el retiro prenatal.

Si el parto se produce después de la fecha probable, el reglamento permite emitir un certificado adicional, debidamente razonado, de hasta 14 días calendario en los casos establecidos.

¿Qué documentos se necesitan?

Para refrendar una incapacidad temporal emitida por un médico u odontólogo fuera del sistema correspondiente, el trabajador debe presentar ante la Secretaría General, Secretaría Regional o Coordinación Regional del IHSS el Formulario de Refrendo de Incapacidad Temporal y la certificación o constancia médica original.

La constancia debe incluir los datos del paciente, fecha de expedición, fecha y hora de la consulta, diagnóstico y tratamiento, así como el período de incapacidad. En los casos de maternidad debe indicar la fecha probable del parto o la fecha de nacimiento, según corresponda.

También se solicita copia de la tarjeta de identidad o carné de residencia para extranjeros, además de informes médicos, estudios diagnósticos u otros documentos que respalden la incapacidad. Para accidentes que pudieran tener origen laboral puede requerirse el informe patronal correspondiente.

En una incapacidad posnatal debe presentarse el documento que acredite el nacimiento. Cuando el parto ocurre en el extranjero, el IHSS exige la inscripción del recién nacido expedida por la autoridad competente o por el consulado hondureño, legalizada y traducida al español cuando corresponda.

El propio IHSS también contempla estos documentos dentro de su formulario oficial de refrendo, según la información recopilada en el material de referencia entregado para esta nota.

Paso a paso para cobrar el subsidio del IHSS

El primer paso es obtener el certificado de incapacidad. Cuando una incapacidad emitida por un médico u odontólogo público o privado supera los tres días calendario, debe ser refrendada por el IHSS para que continúe el trámite correspondiente. Las incapacidades de hasta tres días tienen validez por sí mismas ante el patrono y no necesitan refrendo.

Después, el asegurado debe presentar el formulario y la documentación médica ante la dependencia del IHSS correspondiente. El procedimiento puede hacerse personalmente, mediante un gestor oficioso o por medio de un apoderado legal, de acuerdo con el caso.

Un médico evaluador revisa la documentación y determina si corresponde refrendar la incapacidad. Cuando los requisitos no se cumplen, el reglamento contempla la emisión de un dictamen médico razonado.

Una vez refrendada, la documentación debe pasar al patrono para completar la información requerida para el pago. Para incapacidades generadas mediante el sistema informático del IHSS, el trabajador debe acudir a la Subgerencia de Subsidios con su documento de identidad y el certificado que contiene la información completada por el patrono.

Cuando la incapacidad fue generada fuera del sistema informático, se debe presentar la tarjeta de identidad junto con la copia rosada firmada y sellada por el patrono.

A partir de ahí, la Subgerencia de Subsidios verifica las cotizaciones, consulta los salarios registrados y realiza la liquidación correspondiente antes de generar la planilla de pago. El procedimiento administrativo del IHSS establece estas etapas para determinar si el asegurado tiene derecho al beneficio y calcular el monto.

Requisitos para cobrar subsidios en el IHSS.
La asegurada debe acreditar 10 meses de cotización antes del reposo prenatal o 12 meses dentro de los 18 meses previos. Foto: IA.

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Estos son los plazos para presentar la incapacidad

El tiempo para solicitar el refrendo depende del origen de la certificación médica. Para atención ambulatoria de médicos privados, el plazo es de cinco días hábiles; cuando la atención fue brindada por un médico del sector público, son 15 días hábiles. En casos de hospitalización o cirugía, el trámite puede presentarse dentro de los 15 días hábiles posteriores al alta.

Cuando la incapacidad fue emitida en el extranjero, el plazo es de 20 días hábiles desde la consulta o el egreso hospitalario que originó la incapacidad. Fuera de esos períodos, el IHSS puede denegar el refrendo y, con ello, el pago del subsidio.

En maternidad existen plazos específicos. La incapacidad prenatal puede presentarse desde su emisión hasta un día antes del parto con derecho al subsidio; la posnatal debe tramitarse dentro de los 15 días hábiles posteriores al nacimiento. Para un parto ocurrido en el extranjero, el plazo es de 30 días hábiles después del nacimiento.

¿Dónde se hace el cobro de subsidios del IHSS?

El Portal Único de Transparencia registra el Contrato No. 155-2025 entre el IHSS y Banco Ficohsa para el servicio bancario de pago de la planilla de subsidios por incapacidad temporal.

Además, la información institucional recopilada para esta nota señala que los pagos de subsidios pueden cobrarse en agencias Ficohsa, autobancos y centros comerciales autorizados, presentando el DNI.

Los trámites de refrendo son gratuitos. El IHSS ha advertido que los derechohabientes no deben entregar dinero ni dádivas a funcionarios o intermediarios para completar la gestión.

¿Qué puede impedir el pago?

El reglamento establece que no se paga subsidio por días duplicados o traslapados. También contempla la suspensión del beneficio cuando existen irregularidades en el certificado o cuando el patrono se encuentra en mora con sus obligaciones ante el Instituto, caso en el que la responsabilidad del pago del salario recae sobre el empleador en los términos establecidos por la normativa.

El cobro de subsidios por incapacidad temporal o maternidad en el IHSS depende, por tanto, de tres elementos: cumplir las cotizaciones requeridas, presentar correctamente la documentación y respetar los plazos establecidos para el refrendo y el trámite de pago. La documentación entregada como base para esta nota coincide con el reglamento y los procedimientos publicados por el IHSS.

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