La creación de la ley referente a las firmas electrónicas en Honduras fue congruente frente al avanzado comportamiento tecnológico que se ha dado en el mundo.

Aunque es una herramienta que no todos conocen, lo cierto es que saca de apuros y hasta se convierte en una medida de bioseguridad, considerando que entre las principales formas de contagio del Covid-19 está el contacto directo entre personas.

Con la firma electrónica no hay tal encuentro. Por ello, los expertos consideran que la firma electrónica debe considerarse para su aplicación en los negocios en los casos que lo permitan.

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“Sinceramente, el país no ha tenido el impulso característico que se da en otras partes del mundo, donde su uso era eficiente antes de la pandemia y ahora lo es aún más; pero, aún estamos a tiempo de poder aplicar estas alternativas que nos brinda la ley”, afirmó Jorge Maradiaga, doctor en Derecho.

En el artículo 6 de la ley que ampara la firma electrónica, se expone que los actos y contratos celebrados por medio de una firma electrónica, producirán el mismo efecto que los escritos.

Según autoridades de Instituto de la Propiedad (IP), antes solo había cuatro empresas que podían certificar firmas electrónicas: dos públicas, una privada y una privada extranjera; pero, gracias a una reforma, cualquier firma electrónica extranjera puede ser aceptada en Honduras.

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El jurista Maradiaga hace un enérgico llamado a las autoridades para que promuevan el uso de dicho recurso.

“Hoy más que nunca, con la situación que estamos atravesando, hay que para poner en práctica este mecanismo”, insistió.

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