Segú trascendió en el programa 30/30, la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional de Honduras solicitó este viernes a exfuncionarios y exservidores públicos que aún poseen pasaportes diplomáticos u oficiales realizar la devolución de estos documentos antes del 31 de marzo.
La medida fue anunciada a través de los canales oficiales de la institución y se fundamenta en el Acuerdo No. 001-SG-2025 que establece el Reglamento de Pasaportes Diplomáticos y Oficiales en Honduras.
De acuerdo con la Cancillería, los documentos deberán ser entregados en la Unidad de Pasaportes de la institución, ya que estos son emitidos únicamente para el ejercicio de funciones oficiales del Estado.
Sin embargo, las autoridades aclararon que quedan exceptuados de esta disposición los ciudadanos que poseen pasaporte diplomático vitalicio, conforme lo establece la legislación vigente.
Regulación busca ordenar el uso de documentos oficiales
El reglamento publicado en el diario oficial La Gaceta establece las condiciones bajo las cuales se otorgan y utilizan los pasaportes diplomáticos y oficiales.
Según el documento, estos pasaportes son documentos de viaje emitidos por la Cancillería para acreditar la identidad y nacionalidad de funcionarios hondureños cuando realizan misiones oficiales en el extranjero.

Además, sirven para solicitar a autoridades extranjeras que permitan el libre tránsito del titular, así como para brindar colaboración, protección y las cortesías diplomáticas o privilegios que correspondan al cargo.
Las autoridades recalcaron que estos documentos no deben mantenerse en manos de personas que ya no desempeñan funciones públicas, razón por la cual se solicitó su devolución.
¿Quiénes pueden recibir pasaporte diplomático en Honduras?
El reglamento también detalla qué funcionarios del Estado tienen derecho a este tipo de documento.
Entre ellos se encuentran los titulares de los tres poderes del Estado, incluyendo la Presidencia de la República, el Congreso Nacional de Honduras y la Corte Suprema de Justicia de Honduras.
También pueden recibir pasaporte diplomático los secretarios y subsecretarios de Estado, miembros del servicio diplomático, jefes de misión en embajadas, diputados del Parlamento Centroamericano y otros altos funcionarios públicos.

La normativa, además, contempla a expresidentes de la República, magistrados de la Corte Suprema de Justicia, autoridades del Tribunal Superior de Cuentas de Honduras, el Ministerio Público de Honduras y titulares de instituciones clave del Estado.
Asimismo, se puede otorgar a funcionarios que ocupan cargos ejecutivos en organismos internacionales, así como a líderes religiosos reconocidos oficialmente.
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Pasaportes oficiales para misiones del Estado
Por otra parte, el reglamento establece que los pasaportes oficiales son entregados a miembros del servicio consular hondureño en el exterior y a servidores públicos que deban viajar fuera del país en representación del Estado.
También pueden recibirlos funcionarios de diferentes instituciones gubernamentales cuando participen en misiones oficiales o representaciones internacionales.
Con esta disposición, la Cancillería busca mantener control y transparencia en el uso de documentos diplomáticos, asegurando que estos solo estén en manos de personas autorizadas y que realmente desempeñen funciones oficiales del Estado hondureño.
