El fiscal Luis Javier Santos, titular de la Unidad Fiscal Especializada contra Redes de Corrupción (Uferco), aclaró que el informe más reciente del Tribunal Superior de Cuentas (TSC) sobre el caso conocido como el “Checazo” en la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) no constituye prueba judicial directa.
Santos explicó que los informes del TSC son hallazgos detectados en auditorías que se remiten al Ministerio Público para profundizar las investigaciones.
“No quiere decir que con ese informe está concluida la investigación; es un apoyo y sirve de soporte, pero se requieren otras diligencias”, indicó el fiscal.
Añadió que la Uferco mantiene abiertas varias líneas de investigación relacionadas con Sedesol, tanto de la administración anterior como de la actual, sobre presuntos delitos de tráfico de influencias, fraude y malversación de caudales.
Sin embargo, evitó dar detalles para no entorpecer las indagaciones, recordando que Honduras atraviesa un año político y todo se interpreta con sesgo.
Hallazgos del TSC sobre el caso Sedesol
El informe del TSC reveló que entre julio de 2023 y febrero de 2025 se emitieron 67 cheques del Fondo de Administración Solidaria (FAS) por 6.5 millones de lempiras.
De ellos, 58 fueron cobrados por más de 5.1 millones, con facturas alteradas, cotizaciones inconsistentes y materiales en mal estado o sin uso.
Los auditores registraron testimonios de beneficiarios que afirmaron no haber recibido ayudas, pese a figurar como receptores.
En varios casos, aseguraron que cambiaron cheques y entregaron el dinero a intermediarios vinculados a la diputada Isis Carolina Cuéllar Erazo.
Las inspecciones de campo hallaron discrepancias entre facturas y bienes entregados, como sillas que no coincidían con lo adquirido, cemento arruinado y equipos de sonido almacenados.
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Uferco niega presiones políticas
El fiscal Santos rechazó que exista presión política sobre la Uferco en este caso. Subrayó que el Ministerio Público trabaja con objetividad y respeto a los derechos de los investigados, y que cualquier requerimiento fiscal deberá sustentarse en pruebas obtenidas conforme a la ley, no solo en informes administrativos.
