No era solo la violencia que se cometió en silencio, ni el daño que se consumó en un espacio cerrado. En este caso, el crimen tenía una segunda fase, igual de devastadora: la grabación y posterior difusión de los abusos de un agresor de menores.

El Tribunal de Sentencia de San Pedro Sula encontró culpable a Santos Bernabé Chavarría Matute por delitos que cometió contra dos niñas, cuyas identidades se protegieron bajo la figura de testigos protegidos.

La condena, de 42 años de prisión, no solo responde a la gravedad de los hechos, sino a una conducta que transformó el delito en un acto repetido cada vez que el material circulaba.

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Agresor de menores y la violencia del contenido

Las investigaciones dirigidas por la Unidad Contra la Trata, Explotación Sexual Comercial y Tráfico Ilícito de Personas (UTESCTP) establecieron que el condenado no solo abusaba de las menores, sino que registraba los ataques en video para luego difundirlos en plataformas digitales.

Esa práctica añade una dimensión más profunda al daño, porque la agresión deja de ser un hecho puntual.

Se convirtió en una exposición permanente, multiplicando la victimización cada vez que el material lo veían, compartían o lo almacenaron.

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El Tribunal de Sentencia de San Pedro Sula encontró culpable a Santos Bernabé Chavarría Matute por delitos cometidos contra dos menores. Foto: Ministerio Público.

La evidencia que habló desde los dispositivos

El caso comenzó a tomar forma tras un allanamiento ejecutado el 15 de febrero de 2024.

En la vivienda del acusado, las autoridades incautaron dispositivos electrónicos que luego analizaron especialistas de Medicina Forense.

El contenido encontrado en esos equipos no solo confirmó los abusos, sino que permitió reconstruir la mecánica del delito.

Las pruebas digitales se convirtieron en el eje de la acusación, evidenciando cómo el agresor documentaba y distribuía los hechos.

En la investigación participaron también el equipo de Cibercrimen de la Interpol y la Dirección Policial de Investigaciones (DPI), en una coordinación que refleja cómo este tipo de delitos ya no se limita a lo físico, sino que se expande en redes y plataformas.

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Una condena que intenta cerrar una herida abierta

El fallo impuso 14 años de prisión por delitos relacionados con pornografía infantil agravada y 28 años por agresiones sexuales agravadas.

En total, 42 años de cárcel que buscan responder a una conducta que no solo dañó, sino que amplificó el sufrimiento.

Pero la condena, aunque ejemplar en términos legales, deja al descubierto una realidad incómoda: los delitos sexuales contra menores encontraron en lo digital un nuevo espacio para reproducirse, esconderse y expandirse.

Este caso no solo es una sentencia, es una señal de alerta sobre una violencia que ya no se limita al espacio físico, sino que se infiltra en lo digital, donde el daño puede ser infinito y la huella, imposible de borrar.

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