Viajar con menores de edad desde Honduras hacia El Salvador requiere una planificación rigurosa para evitar contratiempos en las fronteras terrestres o aéreas.
Aunque existe libre movilidad para adultos, las reglas para los menores son estrictas. En Honduras, se considera "menor" para trámites migratorios a toda persona menor de 21 años.
El documento principal y obligatorio para cualquier menor de edad es el pasaporte vigente. Se recomienda que este tenga al menos seis meses de validez antes de expirar.
Además del pasaporte, es indispensable portar el acta de nacimiento original y reciente. Si el joven tiene entre 18 y 21 años, también debe llevar su DNI original.
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Documentos y permisos legales según el acompañante del menor
Si el menor no viaja con ambos padres, la ley exige una Autorización de Salida. Este documento debe ser autenticado por un notario para tener validez legal.
Cuando el menor viaja solo con uno de los padres, el padre que se queda debe firmar el permiso. Este acta notarial es retenida por migración al salir.
Si el viaje es con un tercero o el menor viaja solo, ambos padres deben firmar. La autorización debe especificar quién será el adulto responsable durante el trayecto.

En casos donde un padre reside en el extranjero, el permiso se gestiona en el consulado. Luego, el documento debe enviarse a Honduras para ser presentado en la frontera.
Realizar el prechequeo migratorio en línea es altamente recomendado para agilizar el paso. Esta plataforma del Instituto Nacional de Migración ahorra tiempo valioso en las aduanas.
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Permiso Especial de Viaje: Una alternativa en casos específicos
El Permiso Especial de Viaje es un documento sustituto del pasaporte extendido por migración. Se otorga bajo circunstancias calificadas y específicas por las autoridades hondureñas pertinentes.
Este permiso puede utilizarse para salidas únicas hacia países de la región CA-4 (Guatemala, Honduras, El Salvador y Nicaragua). También es válido para ciudadanos hondureños que poseen residencia legal en un tercer país.
Es el documento ideal para delegaciones artísticas, deportivas, culturales o grupos de excursionistas. Sin embargo, su aceptación final depende de las autoridades migratorias de El Salvador.

Para tramitarlo se requiere la partida de nacimiento computarizada y fotografías tamaño pasaporte. También se debe presentar un recibo de pago por la tasa del servicio brindado.
Los menores que viajan mediante este permiso deben cumplir con las mismas autorizaciones notariadas. Un adulto debe ser designado legalmente como representante ante el Instituto Nacional de Migración.
Convenio CA-4 y reglas de movilidad entre Honduras y El Salvador
El tratado CA-4 facilita el tránsito entre Honduras, El Salvador, Guatemala y Nicaragua. Este convenio permite que los adultos circulen utilizando únicamente su DNI vigente en 2026.
Es importante recordar que los menores de edad no gozan de este beneficio con identificación. Ellos siempre deberán presentar su pasaporte y los permisos de salida ya mencionados.
La libre movilidad con DNI aplica principalmente para el tránsito por vía terrestre. Las aerolíneas mantienen la política de exigir el pasaporte vigente para todos sus pasajeros internacionales.

El tiempo límite de estancia en la región bajo este convenio es de 90 días. Estos días no se reinician al cruzar fronteras, sino que se acumulan entre los países.
Finalmente, el convenio no incluye la libre circulación de vehículos entre las naciones. Si viaja en carro propio, deberá tramitar un permiso de importación temporal en la aduana.
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