Un hombre fue detenido en la colonia Hato de Enmedio, en Tegucigalpa, capital de Honduras, tras ser acusado de abuso sexual, elaboración de pornografía agravada y otras agresiones en perjuicio de una menor de edad.
Según las investigaciones, el sospechoso, de quien no se dio a conocer la identidad, habría contactado a la víctima a través de Facebook a finales de 2022. La relación virtual derivó posteriormente en encuentros personales.
Las autoridades detallaron que entre 2023 y 2024 se habrían registrado varios episodios en los que ocurrieron los abusos sexuales.
Además, se investiga la presunta grabación de material íntimo sin consentimiento de la menor, de quien también se protegió la identidad.

Captura del hondureño por el abuso de la menor
Ese material habría sido descubierto por personas cercanas a la víctima, lo que permitió la denuncia formal ante las autoridades competentes.
Tras recibir la denuncia, equipos de investigación realizaron diligencias que culminaron con el allanamiento y la captura del sospechoso en Tegucigalpa.
Fue así como se dio inicio al operativo coordinado por la Unidad Contra la Trata, Explotación Sexual Comercial y Tráfico de Personas (UTESCTP) junto con la Agencia Técnica de Investigación Criminal (ATIC).
En el allanamiento también participaron la organización OUR RESCUE y la Policía Militar del Orden Público (PMOP).
El detenido fue remitido a las autoridades judiciales por los delitos de violación agravada, elaboración y utilización de pornografía agravada, y otras agresiones sexuales en perjuicio de la menor. El caso continúa bajo proceso judicial.

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Condena por violación en Honduras
El Código Penal de Honduras, en su artículo 249 se indica que: "El autor de un delito de violación debe ser castigado con las penas de prisión de nueve (9) a trece (13) años, prohibición de residencia y aproximación a la víctima por el doble del tiempo de la pena de prisión".
Pero, debido a que la víctima es menor de 14 años, la pena debe aumentar en un tercio según establece el mismo artículo legal.

Condena por elaboración y utilización de pornografía infantil en Honduras
El Código Penal de Honduras, en su artículo 261 establece que: "La elaboración, venta, distribución o difusión de material pornográfico en cuya elaboración hayan sido utilizados menores de dieciocho (18) años o personas con discapacidad necesitadas de protección, debe ser castigada con la pena de prisión de cuatro (4) a seis (6) años y multa de cien (100) a quinientos (500) días, sin perjuicio de las que proceda imponer, además, por los actos delictivos realizados para elaborar el material pornográfico".

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