Un hondureño de 23 años fue capturado este jueves 29 de mayo luego de que provocó que su pareja abortara al bebé que estaban esperando debido a una brutal golpiza que le propinó.
El hecho ocurrió en la aldea El Carril de Olanchito, departamento de Yoro, en el norte de Honduras, y terminó con la detención del agresor gracias a la rápida reacción de la Dirección Policial de Investigaciones (DPI).
Según el informe preliminar, la mujer solo le pidió el celular a su pareja. Él se negó y, en lugar de dar una explicación, reaccionó a puñetazos, golpeándola varias veces en el abdomen.
El sangrado fue inmediato. Desesperada, la víctima fue trasladada a un centro asistencial de la zona, donde le confirmaron lo peor: había perdido a su bebé.
En el informe de las autoridades se reveló que esta no era la primera vez que la mujer sufría agresiones. El hombre ya la había golpeado antes y la mantenía bajo constantes amenazas de muerte si lo denunciaba. Esta vez, sin embargo, el daño fue irreversible.
"Este sujeto será acusado por violencia contra la mujer y aborto en concurso real", informaron fuentes de la DPI.
Lo detuvieron en flagrancia
El atacante fue arrestado en flagrancia en la aldea Trojes de Olanchito, del mismo departamento, donde residía.
La acción fue coordinada entre la DPI y la Dirección Nacional de Prevención y Seguridad Comunitaria (DNPSC).
Gracias a labores de rastreo y seguimiento, los agentes lograron capturarlo antes de que pudiera escapar. Ahora enfrentará cargos ante la Fiscalía correspondiente.
Condena por violencia contra la mujer y aborto en Honduras
El Código Penal de Honduras, en su artículo 209 establece que: "Quien en el marco de relaciones desiguales de poder entre hombres y mujeres basadas en género ejerce, violencia física o psíquica sobre una mujer debe ser castigado con las penas de prisión de uno (1) a cuatro (4) años y multa de cien (100) a trescientos (300) días o prestación de servicios de utilidad pública o a las víctimas por el mismo tiempo".

Mientras que en el artículo 196 se indica que: "Quien por actos de violencia ocasiona el aborto sin el propósito de causarlo, pero constándole el estado de embarazo de lavíctima, debe ser castigado con la pena de prisión de ocho (8) a diez (10) años, sin perjuicio de la pena que corresponda por los actos de violencia que realice."

De ser declarado culpable de ambos delitos, el hondureño que provocó el aborto de su pareja tras la golpiza podría enfrentar una condena de nueve (9) a catorce (14) años de prisión.
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