Los motociclistas, a partir de este miércoles 11 de febrero, deberán portar obligatoriamente un chaleco o arnés con bandas reflectivas en un horario específico establecido por ley publicado en el diario oficial La Gaceta.
La medida aplica desde las 6:00 de la tarde hasta las 6:00 de la mañana, todos los días de la semana, incluyendo sábados y domingos.
Las autoridades de Dirección Nacional de Vialidad y Transporte (DNVT) confirmaron que la disposición ya entró en vigor y no corresponde únicamente a operativos temporales.
¿Qué dice la ley?
El artículo 99 numeral 28 de la Ley de Tránsito, reformado por adición, ordena el uso obligatorio de bandas reflectoras o cualquier distintivo de color anaranjado, rojo o blanco para conductores y pasajeros de vehículos motorizados de dos o tres ruedas.
La normativa incluye motocicletas, motonetas, bicimotos, bicicletas y otros vehículos similares con motor fijo o agregado. La banda reflectiva debe ir adherida a un chaleco o arnés visible.
Las autoridades recalcaron que tanto el conductor como el acompañante deben portar el chaleco reflectivo al circular por cualquier eje carretero del país dentro del horario establecido.
Operativos y sanciones
Este miércoles las autoridades ejecutan operativos de control en diferentes puntos estratégicos a nivel nacional para verificar el cumplimiento de la normativa.
Quienes circulen sin el chaleco reflectivo recibirán una multa de 400 lempiras, catalogada como falta menos grave según la Ley de Tránsito.
Los agentes entregarán una esquela al infractor, la cual le permitirá circular por un período de hasta 72 horas. Después de ese plazo, el conductor deberá solventar la sanción conforme al procedimiento establecido.
Las autoridades instaron a los motociclistas a cumplir con la disposición para evitar multas y reforzar la seguridad vial durante las horas nocturnas.
LEE: Conoce las sanciones por no portar chaleco reflectivo al conducir tu motocicleta
