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La implementación de este registro está a punto de materializarse, y lo único que resta es una jornada de socialización y consulta con las organizaciones de la sociedad civil programada para el 31 de enero.

"Una vez que hayamos realizado esta jornada, nos sentamos de nuevo con el equipo técnico, las diputadas y las magistradas que conforman la Mesa Técnica de Coordinación para el Acceso a la Justicia de las Mujeres. Haremos los ajustes finales del documento y lo presentamos a la Presidencia y al Pleno de la Corte Suprema de Justicia", manifestó Meza en el foro Frente a Frente de Canal 5.

De acuerdo con la proyección del abogado, el reglamento, que estipula sanciones para los padres morosos, estará vigente en febrero.

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Sanciones

En ese contexto, el proyecto de reglamento establece que se considerará deudor moroso a aquel que incumpla con el pago de tres cuotas alimentarias continuas o cinco alternadas a favor de sus hijos, según sentencia firme u otras resoluciones homologadas. La inclusión en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos se realizará por orden judicial y a solicitud de parte mediante oficio.

Los padres registrados no podrán solicitar la apertura de cuentas corrientes, otorgamiento o renovación de tarjetas de crédito, préstamos de cualquier tipo, habilitación para apertura de comercio e industria, emisión de pasaporte ni de licencia de conducir o su renovación. Dichas solicitudes requerirán la presentación del Certificado Libre de Deuda Alimentaria.

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Instituciones públicas y privadas deben ajustar sus procesos para requerir el Certificado como requisito previo para trámites específicos, según la Ley Especial para una Maternidad y Paternidad Responsable (MAPA) y su Reglamento.

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La falta de cumplimiento puede resultar en la nulidad de trámites y conlleva responsabilidades administrativas, civiles y penales. En caso de incumplimiento, el órgano jurisdiccional puede imponer multas de uno a tres salarios mínimos en el primer caso, y en caso de reincidencia, informar al Ministerio Público para iniciar un proceso penal.

Para salir permanentemente del registro de deudores alimentarios morosos, es necesario pagar la totalidad de la deuda en mora y demostrarlo ante el órgano jurisdiccional competente. Una vez cumplidos estos requisitos, se emitirá un auto que ordena la cancelación correspondiente en el registro, con efecto inmediato.

La importancia de la voluntad

La diputada de Libertad y Refundación (Libre), Silvia Ayala, miembro de la mesa técnica, explicó que, aunque el registro estaba establecido desde hace mucho tiempo, la falta de interés y compromiso por parte de las magistradas y magistrados impidió su implementación.

"Esto es un tema que contribuirá a que los padres y, en algunos casos, las madres, asuman su responsabilidad. Buscamos el interés superior de los niños y niñas, y creemos que este registro será fundamental para avanzar en esa dirección", afirmó la congresista Ayala.

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