El Ministerio Público (MP) solicitó este lunes prisión a perpetuidad e inhabilitación absoluta contra tres jóvenes declarados culpables por el secuestro agravado de un universitario en La Ceiba, Atlántida, cuyo cuerpo fue localizado enterrado cerca de una playa en 2024.
La petición fue presentada durante la audiencia de individualización de la pena por la Sección Contra el Delito de Secuestro y Operaciones Especiales de la Fiscalía Especial Contra el Crimen Organizado (Fescco).
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Los condenados son Manuel Enrique Peralta Everett, Brayan Alberto Ruiz Duarte y Dimitry Ángel Rafael Oliva Cerritos, quienes fueron declarados culpables por el secuestro agravado de Anders Xavier Arriola García.

En esta misma causa también fue procesado Otho Jeremías Wood Wood. Los cuatro permanecen recluidos en el centro penal de Támara, en Francisco Morazán, según la información proporcionada por el ente acusador.
Así ocurrió el secuestro del universitario
De acuerdo con las diligencias realizadas por la Unidad Nacional Antisecuestros de la Dirección Policial de Investigaciones (DPI), el secuestro ocurrió el 3 de septiembre de 2024.
Las investigaciones establecieron que el joven fue privado de su libertad y mantenido en la colonia Sitraleyde, en La Ceiba, Atlántida.
Ocho días después, el 11 de septiembre de 2024, las autoridades presentaron el requerimiento fiscal contra los cuatro vinculados al caso, luego de sus capturas por parte de los cuerpos policiales.

Posteriormente, como parte de las diligencias investigativas, se desarrollaron labores de búsqueda para localizar a la víctima.
Las autoridades encontraron el cuerpo enterrado en la aldea Cuyamel, en La Ceiba, en las cercanías de una playa, donde posteriormente fue exhumado.
¿Qué establece la ley sobre la prisión a perpetuidad?
El artículo 37 del Código Penal vigente de Honduras establece que la prisión a perpetuidad implica la privación de libertad de por vida, sin perjuicio de que la pena pueda ser revisada por el órgano jurisdiccional competente.
La revisión puede realizarse cuando la persona condenada haya cumplido 30 años de prisión, mantenga buena conducta en el centro penitenciario y no represente peligro de reincidencia.
También se considera el cumplimiento de las responsabilidades civiles derivadas del delito, cuando corresponda.
La revisión no significa una liberación automática. Un juez debe analizar el caso mediante un procedimiento oral en el que participan el Ministerio Público y la defensa.
Si se concede la suspensión de la pena, esta tendrá una duración de cinco a diez años; además, la decisión puede revocarse si cambian las circunstancias que la justificaron.
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