La Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC) anunció este domingo la restricción de la venta y consumo de bebidas embriagantes durante este feriado de Semana Santa en el Distrito Central (DC).

A través de un comunicado de prensa, la comuna capitalina indicó que tomo esta determinación para garantizar la seguridad de los ciudadanos y el orden en el desarrollo de las actividades religiosas en un ambiente propicio.

Además, resguardar la seguridad de los ciudadanos que retornan a sus hogares después de los días feriados. Por lo que mediante el Acuerdo N. 022, se determinó aplicar Ley Seca durante el Viernes Santo 18 de abril, y el Domingo de Resurrección, 20 de abril.

La ordenanza municipal establece que, en los lugares aledaños a las iglesias donde se realicen actos religiosos, queda terminantemente prohibido el consumo de bebidas embriagantes en áreas públicas. Así como su venta y distribución, desde las 6:00 de la mañana del viernes hasta las 6:00 de la mañana del Sábado de Gloria, 19 de abril.

Asimismo, la prohibición estará vigente en toda la zona urbana y aldeas del Distrito Central, desde las 6:00 a. m. del Domingo de Resurrección, hasta las 6:00 a. m. del lunes 21 de abril.

Sanciones por incumplir Ley Seca en Semana Santa

Los bares, estancos, expendios y depósitos de aguardiente, localizados en las zonas estipuladas en esta normativa; permanecerán cerrados todo el tiempo que dure la restricción, establece la ordenanza.

De igual manera, los propietarios o arrendadores de todo negocio que venda bebidas alcohólicas deberán colocar un rótulo con la leyenda.

"Prohibida la venta y consumo de bebidas embriagantes por motivo de Ley Seca, el día Viernes Santo a partir de las 6:00 de la mañana hasta las 6:00 de la mañana del sábado; y el Domingo de Resurrección, a partir de las 6:00 de la mañana hasta las 6:00 de la mañana del día lunes", reza el comunicado.

La comuna, a través del Departamento Municipal de Justicia (DMJ) y la Policía Municipal, al igual que la Policía Nacional, se encargará de velar por el cumplimiento de la ordenanza, y quienes la infrinjan serán sancionados con multas que van de 5,000 a 15,000 lempiras, sin perjuicio de otras acciones que puedan ejecutarse con base en ley.

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