A principios de marzo el Congreso Nacional dio un plazo de 24 horas para que la
Corte Suprema de Justicia (CSJ) remitiera su opinión sobre algunos artículos del Código Penal que este Poder del Estado busca derogar.

Específicamente sobre los decretos 116-2019, 57-2020 y 93- 2021, estableció que tendrán que ser reformados, entre ellos, la ley de lavados de activos.

La segunda secretaria del Legislativo Angélica Smith ante la cámara legislativa hizo lectura del documento recibido por el Poder Judicial. "La derogación del decreto legislativo 57-220 y derogatoria del decreto 93-2021".

Siendo el objetivo de atender la solicitud hecha por el Congreso Nacional y en acatamiento del artículo 219 de la Constitución de la República emitir opinión
sobre el proyecto de ley". CSJ recomienda. Por lo tanto, el documento señala: "Es procedente la derogatoria de la interpretación hecha de los artículos 217 del Código Proceso Penal.

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CSJ hizo recomendaciones

"Es recomendable reformar los artículos 217, 218, 219, 220 y 222 de modo de potencializar las facultades de investigación del Ministerio Público usando el término usado por la Convención de Palermo que es la incautación como medio de investigar el uso, goce y posesión de bienes a una persona".

También, la opinión de la Corte establece que los bienes incautados no estarán bajo la guardia de órgano jurisdiccional, sino que del Ministerio Público como director de la investigación.

Sobre la incautación de objetos, la Corte opinó: “Los objetos y documentos que puedan ser importantes para la investigación serán incautados por las autoridades y conservados del mejor modo durante el proceso penal y quienes los tengan deberán presentarlos y entregarlos al Ministerio Público o autoridad policial”.

A voz del diputado Fabricio Sandoval se dio a conocer también que el Poder Judicial recomienda: “Que la unidad de inteligencia financiera tiene como funciones, recibir, analizar y diseminar los reportes de transacciones sospechosas, además requerir a
los sujetos obligados para que brinden información adicional relacionada con transacciones financieras o comerciales relacionadas con algún hecho delictivo”.

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