El expresidente del extinto Tribunal Supremo Electoral (TSE) y uno de los redactores de la Ley Electoral, Augusto Aguilar, aseguró que, en caso que se declare con lugar el recurso de inconstitucionalidad contra tres artículos de esa normativa, se "alentaría un fraude electoral en las elecciones generales" de Honduras.

Aguilar fundamentó su advertencia en virtud de que dicho recurso pretende que todos los partidos políticos tengan representación en la Junta Receptora de Votos (JRV) y los Consejos Municipales y Departamentales Electorales

La Ley Electoral estipula que cada uno de estos entes estará conformado solo por cinco miembros que representen a los partidos mayoritarios , por lo que si se aumentan sus integrantes se podría debilitar el control de los procesos que realizan, consideró Aguilar.

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"Al existir 14 partidos políticos en contienda, sería un completo desastre que en una JRV hayan hasta 28 personas (propietario y suplente), sumados los representantes titulares y suplentes de todos los partidos", indicó Aguilar a tunota.com.

Para las elecciones generales del 28 de noviembre (28.11.2021) se instalarán unas 18,396 mil JRV, por lo que si los 14 partidos y dos candidaturas independientes tienen representación, la cifra de delegados superaría los 588 mil entre propietarios y suplentes.

La JRV se encargará verificar que los votantes se encuentren en el padrón electoral y hacerlos pasar a las cabinas para que ejerzan el sufragio y hacer el respectivo escrutinio, entre otros.

Corte admitió recurso

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitió el lunes (23.08.2021) el recurso interpuesto contra parte de la normativa electoral por el candidato de la Alianza Patriótica Hondureña a la Alcaldía Municipal del Distrito Central, Fernando González.

En dicha garantía, González denuncia que tres artículos, el 42, 44 y 46, contenidos en el decreto legislativo 35-2021 del 26 de mayo, se vulneran garantías constitucionales como el "derecho al debido proceso, a la legalidad y a la igualdad".

Los tres partidos que hayan obtenido más fotos en elecciones primarias o generales tendrán la preferencia para que sus delegados sean seleccionados en los tres principales puestos de la JRV y los consejos.

Mientras, el Consejo Nacional Electoral conformará los Consejos Departamentales y Municipales a propuestas de los partidos.

Discriminación

González piensa que es esta forma de selección es una discriminación hacia los institutos que lograron menos caudal de votos.

En las JRV, por ejemplo, los representantes se escogerán a designación de los partidos políticos, en este caso los tres que obtuvieron mayor cantidad de electores en los últimos comicios primarios.

"En el artículo 2 de la Ley (Electoral) hacen referencia a la legitimidad y a la igualdad, pero en los artículos antes mencionados demuestran todo lo contrario. Por ello, al quedar excluidos los partidos minoritarios, se nos violenta el derecho de la igualdad", manifestó a tunota.com.

Luego de que fuera admitido el recurso, la Fiscalía de Defensa de la Constitución tiene seis días hábiles para emitir una opinión no vinculante para la Corte y posteriormente esta resolverá.

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La Junta Receptora de Votos sustituye a las Mesas Electorales Receptoras en las elecciones generales de Honduras.

"Politización" de las JRV y "contradicciones" en la Ley Electoral

"El problema toral es que en Honduras, a diferencia de los demás países latinoamericanos, las mesas electorales están politizadas. Debería de ser el órgano electoral quien designe a dichas representantes", explicó Aguilar.

Por su lado, González señaló que la nueva Ley Electoral contiene diversas contradicciones y solicitó que todos los partidos políticos tengan representatividad en los comicios generales.

"Elecciones no corren riesgo"

Por otra parte, el consejero suplente del Consejo Nacional Electoral, German Lobo, aseguró a tunota.com que las elecciones generales no corren ningún riesgo en caso que la CSJ resuelva en favor del recurso.

"Lo único que cambiaría es que las mesas electorales y los consejos departamentales y municipales no quedarían integrados por cinco miembros, sino que tendrían que estar representados todos los partidos políticos y las candidaturas independientes", expresó.

La distribución de cargos de los Consejos Departamentales Electorales y Consejos Municipales Electorales se tenía que realizar el 1 de agosto (01.08.2021).

Sin embargo, Lobo le confió a este medio de comunicación que tal proceso aún no se ha llevado a cabo.

En su línea, el representante del órgano electoral manifestó que lo único que ocurriría en caso que la CSJ emitiera un fallo en favor del recurso es que se le ordene al Congreso Nacional una reforma a los artículos antes descritos.

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