En las elecciones generales del 28 de noviembre (28.11.2021) que se desarrollaran en Honduras; la Junta Receptora de Votos (JRV) es la encargada de abrir y cerrar las urnas electorales, ayudar los votantes durante el proceso, además de contar los votos y escribir los resultados en las Actas de Cierre.

Cabe recordar que el JRV estarán integradas por cinco miembros propietarios con voz y voto y sus respectivos suplentes designados por los partidos políticos.

¿Qué pasa si alguno de los integrantes de las JRV no se presentan el día de la elección?

La Ley Electoral aprobada en mayo de 2021 por el Congreso Nacional (CN) establece en el artículo 262 que ante la ausencia de algunos de los miembros de las JRV los cargos deberán ser cubiertos por los suplentes que correspondan.

El suplente deberá cumplir las funciones que le correspondan al sustituto, como ser firmar el acta de apertura y de cierre de la votación, las copias de certificación, y demás documentos electorales.

Además, en el artículo 261 de la Ley cita que “una vez integrada la Junta Receptora de Votos; ningún miembro puede integrarse después de las ocho de la mañana (8:00 am)”.

Las Juntas podrán abrir la votación con un mínimo de tres integrantes ya sean suplentes o propietarios.

La ley establece en el artículo 49 que la aceptación del cargo de miembro de la JRV es obligatoria y sólo podrá renunciarse del desempeño del mismo por las causas establecidas en la ley.

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Motivos de la renuncia

La norma jurídica dice que solo se podrá renunciar por los siguientes motivos:

  • Estar comprendido dentro de las inhabilidades establecidas en esta Ley.
  • Enfermedad o incapacidad física o mental calificada.
  • Calamidad doméstica.
  • Aceptación de un empleo incompatible legalmente con el ejercicio del cargo.

Integración JRV

Los cargos de la JRV se determinarán de la siguiente manera: un Presidente, un Secretario, Un Escrutador; asignados por los tres partidos políticos más votados a nivel presidencial en las últimas elecciones primarias.

Mientras que los dos cargos restantes serán nombrados por el Consejo Nacional Electoral (CNE) a propuesta de los demás partidos políticos en la contienda.

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