Si por algún descuido o motivo fuera de sus manos no pudo registrar a su hijo recién nacido en el Registro Nacional de las Personas (RNP), existe una manera de hacerlo después.
Los ciudadanos hondureños pueden solicitar una reposición por omisión de inscripción de nacimiento, también conocida como inscripción tardía.
Esta opción está habilitada por la institución hondureña, para esto se debe acudir a cualquier oficina municipal o auxiliar a nivel nacional.

Los requisitos indicados por el RNP son:
- Constancia negativa de no estar inscrito en el RNP
- Documentos que acrediten la existencia de la persona
- Certificación de Acta de Nacimiento de los padres o de uno de ellos
- Certificación de Acta de Nacimiento originales en caso que tenga hermanas o hermanos
- Fotocopia de Documento Nacional de Identificación (DNI) de dos (2) testigos
- Declaración testifical de dos o más personas mayores de 21 años
- Certificación de nacimiento naturalizada o defunción del padre / madre, pasaporte u otro
- Documento fehaciente, si el padre o madre son extranjeros
Una vez reunidos los documentos, se debe proceder de la siguiente manera:
En Honduras, los nacimientos deben ser inscritos en el primer año de vida del bebé, sin embargo, existe esta opción para ayudar a aquellos que por diversos motivos no pudieron hacerlo.
De igual manera, como documentos de respaldo se puede llevar un carnet de vacunación, constancia de estudios, diplomas de estudios y una fe de bautismos o la constancia.
Cómo registrar a un bebé en Honduras
El proceso de registro de un bebé en Honduras se hace en las oficinas del RNP dentro de los primeros 6 meses de vida.
Para esto se debe presentar:
- Constancia de nacimiento expedida por un médico, hospital, partera o alcalde auxiliar
- Documento Nacional de Identificación (DNI) de los padres
- Si los padres son menores de edad, certificación de acta de nacimiento
- Si los padres no pueden asistir, un familiar cercano debe presentar su DNI y el de los padres
- Si los padres o el compareciente son extranjeros, pasaporte vigente o documento de identidad de su país
De no poder asistir los padres de la criatura, un familiar cercano puede realizar el trámite en su lugar.
Asimismo, si el menor nació en una casa, se debe llevar el Documento Nacional de Identificación (DNI) de la partera que atendió el parto.
