La ley del servicio civil tiene como finalidad, establecer un sistema racional de administración de personal en el servicio público regulando las relaciones entre los servidores públicos y el Estado.

Objetivos de la ley del servicio civil

  • Crear la carrera administrativa con base en el sistema de méritos.
  • Ofrecer iguales oportunidades para servir en la administración pública, a todos los hondureños, conforme a su idoneidad y aptitudes, independientemente de su sexo, raza, credo religioso, filiación política o clase social.
  • Capacitar, responsabilizar, proteger y dignificar a los servidores del Estado.
  • Incrementar la eficiencia de la función publica.
  • Garantizar la estabilidad en sus cargos a los empleados públicos mediante el cumplimiento de las normas de esta Ley.

Requisitos para ingresar al servicio civil

  • Ser hondureño, mayor de 18 años y estar en el goce de sus derechos civiles.
  • Tener comprobantes de estar al día en el pago de los impuestos.
  • Acreditar buena salud y buena conducta.
  • Llenar las condiciones especiales exigidas para el cargo.
  • Haber aprobado los exámenes de competencia o de oposición de antecedentes de conformidad con los requisitos establecidos en esta ley.
  • Tener un nombramiento respectivo.
  • Haber pasado satisfactoriamente el periodo de prueba.

Derechos de los servidores públicos protegidos por la ley de servicio civil y sus reglamentos

  • Obtener el pago regular y completo de su remuneración además del aguinaldo proporcional desde el día de la toma de posesión del cargo para cual han sido nombrados.
  • Permanencia en el cargo y en consecuencia, a no ser trasladados degradados o despedidos, sin justa causa y sin observancia del procedimiento legalmente establecido.
  • Ser promovidos a cargos de mayor jerarquía y sueldos, previa comprobación de su eficiencia y méritos.
  • Gozar de vacaciones remuneradas por un periodo de 12)días hábiles, después del primer año de servicios, de 14 días hábiles en el segundo año, 15 días en el tercer año, 20 días hábiles después de cuatro años, 24 días después del quinto año de servicios.
  • Disfrutar de licencia remunerada por causas justificadas tales como enfermedad. gravidez, accidentes, duelo, becas de estudio y programas de adiestramiento de conformidad como lo determina el Reglamento respectivo.
  • Beneficios que establece la Ley del Seguro Social y demás Leyes de previnsion social en la forma que se determine en los reglamentos y programas de las respectivas instituciones.

Obligaciones de los servidores públicos

  • Respetar y cumplir con lealtad la Constitución de la República.
  • Desempeñar el cargo para el cual hayan sido nombrados, en forma regular y con la dedicación y eficiencia que requiera la naturaleza de este.
  • Acatar las ordenes e instrucciones que les impartan sus superiores jerárquicos y ejecutar las labores adicionales que se les encomienden, en interés del servicio público.
  • Guardar la reserva y discreción necesarias sobre los asuntos relacionados con el trabajo y enaltecer la administración pública y la institución a la que sirven, mediante la observancia de buena conducta dentro y fuera del servicio.
  • Guardar en las relaciones con el público la debida consideración y respeto, de modo que no se originen quejas justificadas por el mal servicio o por falta de atención.