Recibir una multa de tránsito puede resultar molesto, especialmente cuando el conductor considera que no cometió ninguna infracción.
Sin embargo, en Honduras existe un procedimiento legal que permite impugnar una esquela y solicitar que las autoridades revisen la sanción.
El artículo 19 de la Ley de Tránsito, contenida en el Decreto 205-2005, establece que los conductores tienen un plazo de 72 horas para presentar su inconformidad ante la autoridad correspondiente.
Este derecho permite cuestionar una multa que el ciudadano considere arbitraria, sin que necesariamente deba aceptar la sanción como definitiva.
La Dirección Nacional de Vialidad y Transporte (DNVT) cuenta con instancias encargadas de conocer estos reclamos y determinar, mediante una audiencia, si corresponde mantener o revocar la infracción.
¿Cómo impugnar una multa de tránsito en Honduras?
El conductor que considere injusta una esquela debe acudir a la Sección de Infracciones de Tránsito de la jurisdicción donde ocurrió la supuesta falta.
Para iniciar el proceso, debe presentar un escrito en el que explique las circunstancias del incidente y las razones por las cuales considera que el agente aplicó incorrectamente la sanción.
De acuerdo con el procedimiento que ha divulgado la Secretaría de Seguridad, los documentos que normalmente solicitan son:
- Copia de la esquela o boleta de infracción
- Copia del Documento Nacional de Identificación (DNI)
- Escrito que describa lo ocurrido y exponga los motivos de inconformidad.
También resulta conveniente presentar fotografías, grabaciones u otros elementos que permitan respaldar la versión del conductor.
Después de recibir la solicitud, la autoridad competente debe celebrar una audiencia oral y pública para escuchar el reclamo y resolver si confirma o revoca la sanción.
¿Cuánto tiempo tienes para reclamar una multa de tránsito?
La legislación hondureña establece un plazo de 72 horas para impugnar una esquela, por lo que los conductores deben actuar con rapidez si consideran que la multa resulta injustificada.
El mismo artículo 19 contempla ese período para cancelar la sanción económica cuando el conductor no presenta una impugnación.
Durante la audiencia, el responsable de la oficina examina el reclamo y determina si existen fundamentos para dejar sin efecto la multa.
Si la autoridad encuentra razones suficientes para aceptar la inconformidad, puede revocar la sanción. En caso contrario, mantiene la multa y el conductor deberá cumplir con la obligación correspondiente.
La disposición también indica que contra la resolución de esta audiencia no cabe otro recurso dentro de ese procedimiento específico.
¿Se necesita abogado para impugnar una esquela?
El procedimiento de impugnación permite que el propio conductor presente su reclamo sin contratar obligatoriamente a un abogado.
El trámite administrativo es gratuito y los ciudadanos pueden acudir personalmente a la oficina correspondiente. Sin embargo, presentar una inconformidad no garantiza que las autoridades eliminen la multa. El conductor debe explicar claramente los hechos y aportar los elementos que respalden su reclamo.
Por ello, es recomendable revisar el artículo de la Ley de Tránsito que aparece en la esquela, conservar una copia del documento y presentar la solicitud dentro del plazo legal.
¿Qué dice la Ley de Tránsito de Honduras?
El artículo 19 del Decreto 205-2005 reconoce el derecho del conductor a cuestionar una sanción que considere arbitraria.
La norma establece que la autoridad responsable debe escuchar la inconformidad mediante una audiencia oral y pública y resolver si mantiene o elimina la multa.El procedimiento aplica a las sanciones de tránsito, aunque la ley también contempla infracciones graves, menos graves y leves, según la conducta del conductor.
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