Indignados ciudadanos han difundido un video en redes sociales donde se aprecia como policías hondureños que iban en una patrulla atropellan a un perrito, mismo que después murió.
Cámaras de seguridad de una pulpería ubicada a orilla de calle captaron toda la escena, ocurrida poco antes de la 10:40 de la mañana de este viernes 10 de octubre en el municipio de San Buenaventura, Francisco Morazán, al centro de Honduras.
El oficial que conducía la unidad, con registro PN-1106, aparentemente no se percataron que el animalito, identificado como Otto, estaba echado en medio de la calle.
Debido a esto, le pasaron la llanta delantera por la mitad de su cuerpo, causándole el dolor inmediato al animalito, quien se levantó evidentemente herido y chillando.
Este salió corriendo y se escondió en uno de los callejones cercanos a la pulpería, donde posteriormente murió debido a la gravedad de las heridas.
Los ciudadanos de San Buenaventura y del resto del país se han manifestado molestos a través de redes sociales donde exigen se haga justicia por la muerte del pequeño Otto.
"Justicia para Otto, perrito atropellado brutalmente por la patrulla de la Policía Nacional (...) Otto, esperamos que allá en el cielo puedas volver a correr", se lee en uno de los posters con su fotografía.

Hasta el momento de esta publicación las autoridades de la Policía Nacional no se ha pronunciado sobre el nuevo caso donde oficiales acaban con la vida de un indefenso animalito.
Condena por maltrato animal en Honduras
El Código Penal de Honduras establece en su artículo 341 que: "Quien maltrata injustificadamente a un animal doméstico o domesticado, causándole la muerte, debe ser castigado con la pena de prisión de dos (2) a cuatro (4) años".
Sin embargo, "si le provocara lesiones que menoscaben gravemente su salud, la pena debe ser de seis (6) meses a dos (2) años. El Órgano Jurisdiccional competente podrá imponer, además, una pena de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio, comercio o industria que tenga relación con los animales de uno (1) a tres (3) años de duración".
Asimismo, se reitera que: "Las penas previstas en el párrafo anterior pueden incrementarse hasta en dos tercios (2/3) cuando los hechos revisten una especial crueldad, atendiendo a las circunstancias del maltrato y al sufrimiento causado al animal".

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