No todo lo que Estados Unidos obtuvo durante la investigación contra Nicolás Maduro y Cilia Flores podrá circular libremente entre quienes preparan su defensa.
Detrás de una orden judicial de apenas seis páginas aparece una pista sobre el volumen y la sensibilidad de la evidencia acumulada.
Es: información electrónica procedente de computadoras, celulares y otros dispositivos y medios de almacenamiento obtenidos de ambos acusados.
El juez federal Alvin K. Hellerstein, del Distrito Sur de Nueva York, firmó el 22 de septiembre una orden de protección que establece quién podrá acceder a ese material, bajo qué condiciones podrá consultarlo y hasta dónde podrá compartirse dentro del caso Maduro.
El documento no revela qué encontraron los investigadores dentro de los dispositivos, tampoco identifica mensajes, fotografías, contactos, archivos o conversaciones específicas.
Pero sí establece algo relevante: el Gobierno estadounidense informó que parte del material sujeto a divulgación se encontró dentro de información electrónica que obtuvo mediante órdenes judiciales durante la investigación.
Y esa información procede de diversos equipos y soportes de almacenamiento de Maduro y Flores.
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Maduro: de los dispositivos al expediente
La orden utiliza el término ESI, siglas en inglés de Electronically Stored Information, para referirse a información almacenada electrónicamente.
Ese universo puede formar parte del material que la Fiscalía entregue a los abogados como parte del proceso de descubrimiento de prueba.
La relevancia está en su procedencia, son computadoras, teléfonos celulares y otros dispositivos y medios de almacenamiento obtenidos de Maduro y Flores.
La orden, sin embargo, no permite concluir que todo lo almacenado allí sea incriminatorio ni detalla qué dispositivos se incautaron, cuándo ocurrió o qué información concreta se extrajo.
Lo que hace es mostrar de dónde procede una parte de la evidencia digital que ahora deberá manejarse bajo estrictas reglas de confidencialidad.

Evidencia con diferentes niveles de protección
No todo el material tendrá el mismo tratamiento, la Corte estableció categorías que van desde información que puede entregarse durante el descubrimiento hasta contenido que se considera suficientemente delicado para permanecer únicamente bajo control de los abogados.
Una categoría se denomina Attorney's Possession Only (APO). Abarca materiales que pueden representar riesgos particulares para la privacidad o seguridad de víctimas y testigos, o comprometer la confidencialidad de investigaciones que permanecen abiertas.
Existe todavía un nivel más restrictivo: Attorney's Eyes Only (AEO), ese material, según la orden, presenta un riesgo mayor.
Por lo tanto, no puede compartirse con los propios acusados, salvo las excepciones establecidas para personal bajo responsabilidad de los abogados.
Así, una parte de la evidencia del caso Maduro podría estar disponible para la defensa sin quedar físicamente en manos de Maduro o Flores.
Testigos detrás del blindaje
La protección no se limita a evitar que documentos terminen públicamente expuestos., la orden señala que determinado material sellado contiene información que identifica —o podría conducir a identificar— a testigos susceptibles de intimidación u obstrucción.
El tribunal contempla incluso riesgos para la integridad y los bienes de esas personas y de sus seres queridos.
Además, entre las razones para restringir determinada información aparecen la protección de la privacidad.
Hay investigaciones en curso contra personas todavía no acusadas y el riesgo de publicidad perjudicial antes del juicio,, señala.
Estas preocupaciones las plantearon los fiscales meses atrás al solicitar una orden protectora.
En marzo de 2026, el Gobierno argumentó ante Hellerstein que compartir determinada evidencia con acusados aún no detenidos ponía en riesgo a testigos y familiares, facilitar destrucción de evidencia e interferir con investigaciones abiertas.

Ni redes sociales ni medios
Las restricciones también alcanzan la posibilidad de sacar la evidencia del expediente judicial.
La defensa deberá utilizar el material exclusivamente para preparar el caso Maduro y tiene prohibido publicarlo en sitios de internet o redes sociales accesibles a terceros.
La orden menciona expresamente plataformas como Facebook y X y también establece que el material de divulgación no se entregará a los medios de comunicación.
Incluso después de terminar el proceso existen reglas para devolver, destruir o eliminar determinada información entregada durante el descubrimiento.
Lo que la orden todavía no cuenta
La pieza judicial permite saber que existen datos procedentes de dispositivos de Maduro y Flores, pero cierra precisamente la puerta que despierta mayor interés: qué contienen.
No establece cuántos celulares o computadoras se obtuvieron, qué volumen de información se extrajo ni cuáles archivos utilizará la Fiscalía.
Tampoco significa que todo el material mencionado se convierta en prueba durante un eventual juicio.
Por ahora, el documento revela otra parte del escenario: mientras el proceso avanza en Nueva York, celulares, computadoras y otros dispositivos ya forman parte del universo de información que fiscales y abogados deberán revisar.
Y una porción de ese material llegará con una condición impuesta por la Corte: podrá servir para preparar la defensa, pero no necesariamente podrá salir de la sala donde la defensa lo examine.
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