Una jueza federal de Estados Unidos anuló la suspensión de los trámites de visas para residencia permanente que Donald Trump había ordenado en enero para ciudadanos de 75 países.

La jueza Jeannette Vargas, del tribunal federal de Nueva York, determinó que la medida contradecía la ley y que el secretario de Estado, Marco Rubio, excedió sus atribuciones al aplicar esa política migratoria.

El fallo representa un nuevo revés judicial para la agenda de restricciones migratorias del gobierno de Trump.

La administración de Trump había puesto en marcha la suspensión el 21 de enero y afectó los procesos de visas de inmigrante, una categoría que permite solicitar la residencia permanente en Estados Unidos.

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La decisión no incluyó las visas de no inmigrante, utilizadas para estancias temporales como turismo, estudios o negocios.

Por qué se tomó la decisión

El Departamento de Estado justificó la medida con el argumento de que los ciudadanos de los países incluidos en la lista tenían un mayor riesgo de depender de programas de asistencia social o de generar costos para las finanzas públicas.

Sin embargo, la jueza Vargas concluyó que la política obligaba a los funcionarios consulares a rechazar solicitudes únicamente por el país de origen del solicitante, incluso cuando la persona cumplía con los demás requisitos establecidos para obtener la visa.

El fallo deja sin efecto las negativas de visa que se basaron exclusivamente en esa política. El gobierno de Trump todavía puede presentar una apelación ante instancias superiores.

Desde su regreso a la Casa Blanca, Trump ha impulsado una estrategia centrada en reducir la inmigración irregular mediante deportaciones de personas sin estatus legal y también ha aplicado restricciones a los procesos de inmigración regular.

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Los tribunales han bloqueado varias de sus iniciativas migratorias. A comienzos de junio, un juez federal anuló la tarifa de 100.000 dólares para las visas de trabajo utilizadas con frecuencia por profesionales del sector tecnológico.

A finales de junio, la Corte Suprema también anuló un decreto firmado por Trump durante el primer día de su segundo mandato que buscaba eliminar la ciudadanía por derecho de nacimiento para hijos de inmigrantes indocumentados.

Países afectados por la suspensión migratoria

La medida de Trump incluía naciones de América Latina, el Caribe, Asia y África.

En América Latina, la lista abarcaba a Brasil, Colombia, Cuba, Guatemala, Haití, Nicaragua y Uruguay.

En el Caribe, incluía a Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Dominica, Granada, Jamaica, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía y San Vicente y las Granadinas.

Por su lado, Asia, la restricción alcanzaba a Afganistán, Armenia, Azerbaiyán, Bangladés, Bután, Birmania, Camboya, Georgia, Irán, Irak, Jordania, Kazajistán, Kuwait, Kirguistán, Laos, Líbano, Mongolia, Nepal, Pakistán, Rusia, Siria, Tailandia, Uzbekistán y Yemen.

En África, la medida incluía a Argelia, Camerún, Cabo Verde, Costa de Marfil, República Democrática del Congo, Egipto, Eritrea, Etiopía, Gambia, Ghana, Guinea, Liberia, Libia, Marruecos, Nigeria, República del Congo, Ruanda, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Sudán del Sur, Sudán, Tanzania, Togo, Túnez y Uganda.

La decisión judicial abre nuevamente el camino para que los ciudadanos de esos países puedan continuar sus procesos de solicitud de residencia permanente bajo las reglas migratorias vigentes antes de la suspensión.

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