El presidente de Guatemala, Alejandro Giammattei, invocó el domingo (22.11.2020) se la Carta Democrática Interamericana en medio de una crisis política agravada por recientes protestas que exigen su renuncia.
La crisis en el país centroamericano se desató luego de la inconformidad de la ciudadanía tras la aprobación del presupuesto 2021 que recortó el desembolso de la salud y la educación en el país.
Lo anterior provocó que cientos de manifestantes se tomaran el Congreso Nacional de Guatemala y le prendieran fuego a varias oficinas, causando caos y terror durante varias horas, hasta que fueron desalojados por fuerzas de seguridad y bomberos, encargados de sofocar el incendio.
A través de un comunicado, el Gobierno de Guatemala, solicitó a la Organización de Estados Americanos que haga valer ese instrumento.
“Tal como lo señalan los artículos 17 y 18 de la Carta, los actos de violencia que coordinadamente han alterado la paz pública ponen en grave riesgo la institucionalidad democrática en nuestro país, así como el legítimo ejercicio del poder por parte de las autoridades democráticamente elegidas de la República” ,se argumentó en el comunicado.
Además el comunicado añade: “Los actos de violencia sistemática en contra de las instituciones nacionales, de los cuales hemos sido testigos todos los guatemaltecos en los últimos días, no representan formas legítimas de ejercer la libertad de expresión. Por el contrario, dichos actos no son sino un medio a través del cual grupos minoritarios buscan forzar un verdadero golpe de Estado”.
¿Qué dicen los artículos en mención?
La Carta Democrática Interamericana se aprobó en septiembre de 2001 durante la sesión especial de la Asamblea de la Organización de Estados Americanos (OEA) y tiene el objetivo principal de fortalecer la institucionalidad democrática de los países miembros.
Su objetivo primordial, es el fortalecimiento y preservación de la institucionalidad democrática, al establecer que la ruptura del orden democrático o su alteración, que afecte a un país miembro, constituye “un obstáculo insuperable” para la participación de su gobierno en las diversas instancias de la OEA.
Los artículos citados en el documento:
Artículo 17. Cuando el gobierno de un Estado Miembro considere que está en riesgo su proceso político institucional democrático o su legítimo ejercicio del poder, podrá recurrir al Secretario General o al Consejo Permanente a fin de solicitar asistencia para el fortalecimiento y preservación de la institucionalidad democrática.
Artículo 18. Cuando en un Estado Miembro se produzcan situaciones que pudieran afectar el desarrollo del proceso político institucional democrático o el legítimo ejercicio del poder, el Secretario General o el Consejo Permanente podrá, con el consentimiento previo del gobierno afectado, disponer visitas y otras gestiones con la finalidad de hacer un análisis de la situación.
El artículo añade: El Secretario General elevará un informe al Consejo Permanente, y éste realizará una apreciación colectiva de la situación y, en caso necesario, podrá adoptar decisiones dirigidas a la preservación de la institucionalidad democrática y su fortalecimiento.
Según la Carta, en su artículo 20 "en caso de que en un Estado Miembro se produzca una alteración del orden constitucional que afecte gravemente su orden democrático, cualquier Estado Miembro o el Secretario General podrá solicitar la convocatoria inmediata del Consejo Permanente para realizar una apreciación colectiva de la situación y adoptar las decisiones que considere convenientes".
Con lo anterior, se iniciaría con gestiones diplomáticas, que promuevan la normalización de la institucionalidad democrática, pero si son infructuosas o si es la urgencia de la situación lo amerita, el Consejo Permanente de la OEA deberá convocar de inmediato a un período extraordinario de sesiones de la Asamblea General para que se adopten decisiones que inician con acciones diplomáticas.
Algunos de los países que han invocado esta Carta durante crisis son Nicaragua y Honduras.
