Unos cuantos dólares pueden marcar la diferencia entre presentar correctamente un trámite de tarifas migratorias en Estados Unidos o encontrarse con un rechazo antes de que el caso avance.
Desde el 1 de octubre de 2026 entraron en vigor nuevas tarifas migratorias para determinados formularios presentados ante los tribunales de inmigración o la Junta de Apelaciones de Inmigración.
El cambio alcanza solicitudes relacionadas con residencia permanente, asilo, Estatus de Protección Temporal (TPS) y determinadas exenciones de inadmisibilidad.
Pero detrás del aumento aparece una advertencia que puede pesar más que los dólares adicionales: presentar una solicitud sin la tarifa correspondiente puede provocar que la rechacen.
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Tarifas migratorias: el monto viejo puede convertirse en un problema
La Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR) estableció que las tarifas correspondientes al año fiscal 2027 son obligatorias para las presentaciones realizadas desde el 1 de octubre.
La institución rechazará aquellas solicitudes que no incluyan el pago requerido o, cuando corresponda legalmente, una petición de exención de tarifa.
Eso obliga a quienes tienen un procedimiento ante los tribunales migratorios a revisar el monto antes de presentar los documentos.
No basta con utilizar como referencia lo que costaba el trámite semanas atrás. Con el inicio del nuevo año fiscal estadounidense, algunos valores cambiaron.

¿Cuánto subieron?
Uno de los incrementos corresponde al Formulario I-485, utilizado para solicitar el registro de residencia permanente o ajuste de estatus.
La porción de la tarifa establecida bajo la ley OBBBA pasó de 1,540 a 1,590 dólares, un incremento de 50 dólares.
En el Formulario I-601, para determinadas exenciones de motivos de inadmisibilidad, el monto pasó de 1,070 a 1,100 dólares.
El Formulario I-821, utilizado para solicitar el Estatus de Protección Temporal (TPS), aumentó de 510 a 520 dólares.
En el caso del Formulario I-589, la solicitud inicial de asilo mantiene una tarifa de 100 dólares. Sin embargo, la tarifa anual de asilo subió de 102 a 105 dólares.
El asilo tiene una particularidad
El pago anual de asilo alcanza a determinados solicitantes cuyos casos permanecen pendientes durante el período establecido por las autoridades migratorias.
La EOIR señala actualmente una tarifa anual de 105 dólares y especifica que esta no puede ser reducida ni objeto de una exención.
La obligación puede volver a generarse por cada período adicional de 365 días que la solicitud continúe pendiente, según las condiciones establecidas para ese cobro.
Por eso, una persona con un proceso migratorio abierto no solo debe conocer qué formulario necesita, sino también verificar qué pagos corresponden a su situación particular.

No todos pagan automáticamente estos montos
Hay una diferencia clave, los nuevos valores corresponden a tarifas establecidas bajo la OBBBA para determinados formularios cuando son presentados ante la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración, que administra los tribunales migratorios y la Junta de Apelaciones.
Eso significa que los montos no deben interpretarse automáticamente como el costo total de presentar esos mismos formularios en cualquier procedimiento migratorio.
La propia EOIR mantiene un sistema de tarifas y especifica qué pagos corresponden según el formulario y el procedimiento.
¿Por qué volvieron a subir?
Los nuevos valores forman parte del ajuste por inflación previsto en la legislación estadounidense.
Para determinar las tarifas del año fiscal 2027 se tomó en cuenta la variación del Índice de Precios al Consumidor para Todos los Consumidores Urbanos entre julio de 2025 y julio de 2026.
El incremento que se usó para el cálculo fue de 3.4 %, aunque las reglas de redondeo hacen que ese porcentaje no aparezca exactamente reflejado en cada tarifa.
Además, estos cobros están sujetos a revisiones anuales, por lo que los solicitantes no deberían asumir que el monto pagado en un año seguirá siendo válido en el siguiente.
Revisar antes de presentar
El aumento más alto entre los cuatro formularios señalados es de 50 dólares y el menor, de apenas unos dólares.
Pero el problema comienza al confiarse de una cifra anterior. Para quienes tengan un procedimiento ante un tribunal de inmigración estadounidense, deben verificar las tarifas migratorias vigentes.
Desde el 1 de octubre, presentar el monto correcto forma parte del trámite. Y quedarse con la tarifa vieja puede hacer que los documentos ni siquiera superen la puerta de entrada.
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