En nuestro artículo titulado “La Economía de la Justicia”, escrito para TuNota en 2019, establecíamos que en Honduras nuestro sistema de justicia se sigue analizando en derredor de un valor abstracto.

Esa “justicia” definida hace algo más de dos mil años por juristas romanos como “dar a cada quien lo suyo”, y que así se enseña en las facultades de derecho, despojada de sus complejidades y enormes implicaciones de todo tipo, contribuye muy poco a profundizar en el análisis de su impartición.

Esta conclusión es tanto más aplicable a las instituciones encargadas precisamente de la impartición de justicia, hasta el punto que se habla indistintamente de los jueces siempre en abstracto como “togados” y “operadores de justicia” (término que mi buen amigo y socio Gustavo León Gómez desaprueba con ahínco), en medio de un pueblo “con sed de justicia”. Con ello lo que se ha logrado en efecto es una visión claramente superficial y abstracta de las instituciones encargadas de impartir justicia, sin considerar más elementos que quizás la parte resolutiva de los fallos judiciales en sí.

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Elección de magistrados de la Corte Suprema de Justicia

Cabe preguntarse, solo para entrar en algún detalle: ¿Cuántas sentencias de amparo emite la Corte Suprema de Justicia en un periodo de 7 años? Adivinamos que cientos o miles.

Así, es factible preguntarse igualmente: ¿Se puede equivocar un juez que emite cientos o miles de sentencias? ¿Cuál es el “margen de error” en relación a cientos o miles de fallos judiciales?

Este tipo de datos, entre otros, deberían servir igualmente, en nuestra opinión, para el nombramiento de la nueva Corte Suprema de Justicia, y que necesariamente nos deben de conducir a determinar lo que se ha obviado en toda la historia republicana de Honduras: definir el modelo de comportamiento de un Juez o Magistrado del Poder Judicial.

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El mecanismo no lo es todo en el proceso de selección

Nos hemos enfocado tanto en el mecanismo de nombramiento de los jueces y magistrados, que en efecto es una preocupación válida en el intento de “despolitizar” su elección, que perdemos de vista los elementos que deberían tomarse en cuenta en el mismo proceso de selección.

 En su libro “How Judges Think” («¿Cómo deciden los jueces?»), el prominente jurista estadounidense Richard Posner, hace una primera aproximación a la construcción del modelo de comportamiento de los jueces federales en Estados Unidos. Parte de la premisa que los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, el máximo Tribunal de aquella nación, aunque se nombren ad perpetuam, exhiben comportamientos guiados por sus ideologías políticas y no necesariamente racionales en los propios fallos que emiten.

Gran parte de esta conclusión se debe a que, para emitir un fallo, el modelo de decisión no es necesariamente deliberativo, sino que se parte de una votación. En realidad, no importa la posición jurídica del magistrado, sino su voto para constituir la mayoría.

Richard Posner es un abogado estadounidense graduado en la Harvard Law School en 1962 y desde 1981, se ha desempeñado como magistrado de la Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos, ha realizado investigaciones sobre el procedimiento judicial y en su libro «¿Cómo deciden los jueces?» expone el complejo y diverso entramado de factores que llevan a los jueces a tomar decisiones. FOTO: Referencial

Esa falta de deliberación real no hace más que confirmar que el modelo de decisiones basadas en votos mayoritarios, en efecto, contribuye a que el comportamiento del magistrado sea más orientado a conformar una mayoría que a razonar jurídicamente su decisión. Con ello, podríamos concluir que en el método de elección de los nuevos magistrados se debe tomar en cuenta este modelo de comportamiento de los magistrados de “votación por mayoría”, que igualmente aplica en Honduras.

Obviamente, el jurista Posner concluye que este modelo de conformar las decisiones por mayoría de votos obedece igualmente a la gran carga de casos que tiene una Corte Suprema de Justicia como la estadounidense aún y con el mecanismo de certiorari. Igualmente, en Honduras, deliberar sin límites de tiempo cientos de miles de casos, hasta lograr unanimidad de votos, conduciría a más retrasos aún en la impartición de justicia. Pero si la Corte Suprema se conforma de forma tal que ese comportamiento continúe siendo institucionalizado, pues, seguiremos con esa “sed de justicia” de que tanto hablan los políticos.

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Y cómo lograr tal conformación, sigue siendo la pregunta por resolver. Partiendo de un modelo de comportamiento de los jueces y magistrados, en definitiva, el proceso de selección y el nombramiento de los mismos, podría manejarse más estratégicamente.

Si se concluye que los magistrados no llegan realmente a deliberar sus posiciones jurídicas, ni a convencerse unos a otros de las mismas, sino que finalmente a votar para conformar una mayoría, la elección y conformación podría orientarse de manera tal que ese proceso institucional se vea influenciado debidamente por otros factores y se vuelva así más deliberativo dentro de los límites de tiempo. Y así, de un modelo de comportamiento debidamente descifrado, como se ha logrado con el ADN humano, se podría descifrar finalmente ese proceso de selección y elección que, sin ser perfecto, conforme una Corte Suprema de Justicia que logre mejores resultados percibidos. Y así, pasemos de los abstractos “togados” y “operadores de justicia”, a jueces y magistrados que se conformaron al comportamiento definido.    

 Continuaremos ahondando en el análisis de como la ley y la economía se relacionan en Honduras en la próxima EconoVISTA.