El jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Honduras, general Roosevelt Hernández, aseguró este sábado que la Constitución de la República faculta a la institución castrense para llevar un conteo de las actas del nivel presidencial el día de las elecciones generales, previstas para el 30 de noviembre.

Durante una entrevista concedida al noticiero TN5 Matutino de Canal 5, el alto mando militar explicó que el propósito de esta acción es garantizar la transparencia y la paz durante el proceso electoral, afirmando que su interpretación de la Carta Magna les da esa potestad.

"La Constitución nos avala. Las Fuerzas Armadas garantizan elecciones limpias, confiables y que no se robe la voluntad popular del ciudadano", expresó Hernández.

El oficial explicó que la propuesta fue planteada en una reunión con los consejeros del Consejo Nacional Electoral (CNE), donde solicitó acceso a las Juntas Receptoras de Votos (JRV) para conocer los resultados del nivel presidencial con el fin de mantener un control paralelo en los centros de operaciones militares.

"Muy respetuosamente le dije al pleno que participáramos en la parte que nos compartieran los resultados en la Junta Receptora de Votos. Esa acta, solo esa acta nos importa: la presidencial. Donde nosotros podamos llevar esa información hacia nuestros centros de operaciones y tener también el conteo final", explicó.

Fundamento constitucional e interpretación

Aunque la Constitución no menciona explícitamente la facultad de las Fuerzas Armadas para participar en el conteo de votos, Hernández sostuvo que el artículo 272 abre el espacio para esa interpretación.

Según el general, el texto que establece que las Fuerzas Armadas están instituidas para "mantener la paz, garantizar el libre ejercicio del sufragio y la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia", respalda su solicitud ante el CNE.

"Si leemos con objetividad, ahí está la base. Habla de mantener la paz, del libre sufragio y de la alternabilidad en la Presidencia. Son aspectos que incluyen la transparencia y veracidad de los resultados", argumentó.

Agregó que el artículo también enfatiza "la custodia, transporte y vigilancia de los materiales electorales y demás aspectos de la seguridad del proceso".

En ese sentido, señaló que "hay un área bastante abierta donde hay varios aspectos, no menciona cuáles, pero la veracidad de los resultados puede entrar en esa área".

Advertencia sobre la estabilidad democrática

El jefe castrense también advirtió que las Fuerzas Armadas se ven "en la obligación de garantizar" que el proceso electoral no derive en una crisis política o un rompimiento constitucional, recordando los hechos ocurridos en 2009.

"Nosotros ya vivimos la experiencia del rompimiento constitucional. No vamos a permitir que se repita. Lo hacemos de manera respetuosa, sin salirnos de la Constitución", enfatizó.

Maldonado Galeas: "No hay facultad expresa para acceder a las actas"

En contraste, el general en retiro Luis Maldonado Galeas, también entrevistado por TN5 Matutino, rechazó que la Constitución autorice a las Fuerzas Armadas a manejar información directa de las actas electorales.

"En el texto constitucional atribuible a las Fuerzas Armadas no se contempla un detalle de esa naturaleza. La misión de garantizar el libre sufragio y la alternabilidad en la Presidencia se refiere a evitar que se impida el voto o se viole la Constitución, pero no le faculta explícitamente a tener acceso a las Juntas Receptoras de Votos ni a las actas", explicó.

Maldonado Galeas advirtió que un involucramiento directo en el conteo de votos podría comprometer la neutralidad de la institución castrense y generar dudas sobre su independencia política.

"Conviene que las Fuerzas Armadas se alejen de cualquier intervención que tenga que ver con resultados electorales, porque podrían ser vistas como parte de un proceso de manipulación o fraude", señaló.

El exmagistrado Aguilar: "La Constitución no les da esa atribución"

El exmagistrado del otrora Tribunal Supremo Electoral (TSE), Augusto Aguilar, coincidió en que la Carta Magna establece claramente las funciones de las Fuerzas Armadas en los procesos electorales, limitándolas a garantizar el libre ejercicio del sufragio, la alternabilidad en la Presidencia y la custodia, transporte y vigilancia del material electoral.

"No debemos de complicarnos. Las Fuerzas Armadas deben cumplir estrictamente con lo que les manda la Constitución (...). La Constitución no les da esa atribución. Lo pueden solicitar, pero allá si el organismo electoral lo quiere hacer o no. Si acceden, estarían violentando la ley", advirtió Aguilar.

El exmagistrado explicó que el sistema electoral ya garantiza transparencia y control simultáneo de los resultados, por lo que no existe justificación para que las Fuerzas Armadas reciban copias de las actas.

"Ellos pueden pedir al CNE conocer las actas, pero no se necesita, porque la ley establece que los centros de votación harán la transmisión de los resultados de manera simultánea a los partidos políticos, al organismo electoral y a los medios de comunicación cuando comienza el primer corte, tres horas después del cierre de las elecciones", detalló.

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