El Ministerio Público de Honduras (MP) se pronunció el martes (12.10.2021) sobre las reformas que aprobó el Congreso Nacional el jueves 7 de octubre, sobre todo a la del Código Penal referente al artículo 439 que refiere al delito de lavado de activos.

La Fiscalía hondureña señaló en el escrito que la reforma a este artículo "representa un retroceso en la criminalidad organizada, específicamente el tráfico de drogas, delitos de corrupción y lavado de activos".

La adopción de un listado en la determinación de delitos precedentes en el tipo penal de lavado de activos "limitará el ejercicio de la acción penal pública debido a que el Ministerio Público deberá acreditar que los bienes objeto de lavado provienen expresamente de algunos de los delitos señalados en la lista, aunque la persona investigada no logre justificar el origen lícito de los mismos", agregó.

Portar más de $ 10 mil no será delito

El coordinador de la Unidad Fiscal Especializada Contra Redes de Corrupción (Uferco), Luis Javier Santos, dijo el martes (12.10.2021) en Frente a Frente de Televicentro que de entrar en vigencia la reforma penal, ahora no será delito que una persona porte más de 10 mil dólares, es decir que, ahora no será obligatorio declarar ese dinero para determinar su procedencia.

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Además, Santos indicó que varios hondureños que han sido condenados por el delito de lavado de activos podrían salir en libertad, porque la reforma al Código Penal sería retroactiva.

Entre los beneficiados con la retroactividad de la ley estarían los condenados por el caso “Hermes”, “Pandora”, “IHSS” “Barralaga”, “Testaferros de Los Cachiros”, entre otros, indicó Santos.

El Ministerio Público anunció que una vez que entren en vigencia las reformas aprobadas por el Congreso hondureño presentará los recursos respectivos a fin de defender y proteger los intereses de los hondureños.