El Juzgado de Privación de Dominio de Bienes de Origen Ilícito ordenó que L 25.5 millones que le fueron incautados al empresario y exdirectivo de la entidad, Benjamín Bográn, sean transferidos al Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) para resarcir daños generados por haber cobrado sobornos para agilizar pagos a un contratista de la institución.

De acuerdo a un breve comunicado de la Corte Suprema de Justicia, el comiso para fines de entrega de los fondos al IHSS se hizo en aplicación del artículo 78-A de la Ley Sobre Privación Definitiva de Dominio de Bienes de Origen Ilícito.

Ese número establece que, por ejemplo, en caso que se identifique a la víctima del acto de corrupción que sirvió para enriquecerse ilegalmente a una persona, los recursos decomisados debe ser restituidos al afectado.

En el comunicado no se establece de forma específica qué cálculo se hizo para establecer que la reparación del daño patrimonial ascendiera a 25 millones de lempiras, pues el soborno que recibió Bográn, a valores actuales, es de unos 16 millones.

De igual manera, esa judicatura falló para que se le devolvieran 5 inmuebles, 11 carros y 11 cuentas bancarias que también le habían sido embargadas por el mismo caso.

A Bográn se le incautaron en 2016 la empresa Inversiones Agropecuarias el Pollo, ubicada en Naco, San Pedro Sula y Inversiones San Lorenzo en Cofradía, Cortés, 110 manzanas de tierra, 12 vehículos y 60 cabezas de ganado, cuando fue acusado por el Ministerio Público por lavado de activos y cohecho.

Estos delitos le fueron imputados porque, según la Unidad Nacional de Apoyo Fiscal (UNAF) del MP, Bográn recibió unos 692 mil dólares de soborno por parte de un contratista del IHSS para que agilizara los pagos de un contrato.

El caso contra Bográn, que fue representante de la empresa privada en la Junta Directiva del IHSS, fue bautizado por el MP como "Coimas de Naco".

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No obstante, la Fiscalía pidió que la incautación de bienes contra Bográn ya no se hiciera en aplicación de la Ley contra el Lavado de Activos, sino por la Ley de Privación Definitiva del Dominio de Bienes de Origen Ilícito.

Lo anterior se hizo porque si Bográn era absuelto por lavado no se podía declarar en comiso sus propiedades y dinero, pues el comiso es una pena accesoria en la normativa contra el lavado, es decir, solo se aplica si hay condena por blanqueo.

Ley de Privación Definitiva del Dominio de Bienes de Origen Ilícito no contempla pena de c´´arcel, solo el comiso cuando se prueba que la fuente mediante la que se obtuvo un patrimonio no es lega.

Finalmente, en 2018, un tribunal declaró culpable a Bográn por cohecho, por lo que lo condenó a cuatro años de prisión, pero lo absolvió por lavado de activos.

En 2020, tras cumplir dos años de cárcel en el Centro Penitenciario de Támara, Francisco Morazán, salió en libertad. Los siguientes dos años de condena los cumplió mediante medidas sustitutivas.

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