El Congreso Nacional de Honduras aprobó este jueves un decreto que le permite al Ministerio Público recuperar la facultad de investigar e interponer requerimientos en casos de mal manejo de fondos públicos sin esperar a que el Tribunal Superior de Cuentas (TSC) termine auditorías.

El decreto indica que el objetivo puntual es eliminar los "obstáculos" creados mediante el decreto 141-2017 donde en el Presupuesto General de la República para el año fiscal 2018 se hicieron una serie de reformas que alimentaron la "corrupción e impunidad en el país".

Mediante el decreto legislativo 141-2017 con fecha 18 de enero 2018, se adicionó un párrafo al artículo 16 y un artículo bajo la denominación del artículo 131-A a la Ley orgánica del presupuesto que limitó las facultades del Ministerio Público y confirió al Tribunal Superior de Cuentas "facultades que no le corresponden", según el dictamen.

En ese decreto se expresaba que durante estuviera en proceso la auditoria e investigación especial y hasta no haber agotado la vía administrativa y que esta tuviera el cáracter de firme y ejecutoriada, no procedería ninguna acción judicial para reclamar ningún tipo de responsabilidad administrativa, civil o penal.

Sin embargo, el Congreso Nacional se respaldó en una resolución por unanimidad de votos de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que declaró inconstitucional por razón de forma el artículo 238 contenido en el decreto legislativo 141-2017 del 30 de enero de 2019.

La sentencia de la Sala de lo Constitucional se publicó en La Gaceta el 4 de febrero del 2019.

Dictamen

La reforma realizada por el anterior Congreso Nacional "trastocó las facultades constitucionales del Ministerio Público, contentivas en el artículo 323 de la Constitución de la República", de acuerdo al dictamen.

Además, las del Tribunal Superior de Cuentas, contentivas en el artículo 22 de la Constitución, "subrogando a este atribuciones que únicamente le pertenecen al Poder Judicial".

En ese sentido, el Congreso Nacional decidió derogar ese decreto debido a que la resolución de la Sala de lo Constitucional "tiene efectos derogatorios" de los artículos 16 y 131-A del decreto 83-2004 del 28 de mayo del 2004, que contiene la Ley orgánica del presupuesto.

"Se ordena el cumplimiento inmediato de la sentencia de fecha 30 de enero del 2019 de la Sala de lo Constitucional donde se declara la inconstitucional por razón de forma el artículo 238 contenido en el decreto legislativo 141-2017 emitido por el Congreso Nacional el 18 de enero de 2018 y publicado en La Gaceta", indica el dictamen del Congreso.

Asimismo, se indica que el Tribunal Superior de Cuentas tiene en un plazo máximo de 15 días para que remita al Ministerio Público todos los expedientes recibidos al amparo del artículo 131-A del decreto legislativo 83-2004, mismos que deben ser remitos al ente investigador en el estado en el que se encuentren a la fecha de publicación del decreto.

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