A pocas horas de la extradición del expresidente de Honduras, Juan Orlando Hernández, muchos se preguntan qué sigue en el procedimiento al llegar a los Estados Unidos.

El escritor y periodista, Óscar Estrada, explicó en el programa La Tarde de HRN etapas y procedimientos antes de que el exmandatario reciba una sentencia final.

De inicio, Hernández realizará la comparecencia inicial y la lectura de cargos que ocurre poco después de ser presentado ante las autoridades federales.

LEER: 'Psicópata y con carencia de remordimiento', psicólogo evalúa conducta del expresidente Hernández previo a la extradición

En ambos procedimientos, un juez requiere que el acusado comparezca personalmente y escuche los cargos oficiales; en el caso de Hernández son tres asociados al narcotráfico, uso y portación de armas de fuego.

Las diferencias significativas entre una comparecencia inicial y la lectura de cargos se centran en qué acciones e información el sistema judicial requiere que el acusado declare.

Comparecencia de JOH sería el mismo día

La comparecencia inicial del expresidente Hernández deberá ocurrir el mismo día (24 horas) después de que sea arrestado y acusado.

Una vez se ejecuta la extradición de Hernández, se le lleva ante un juez de primera instancia para una audiencia inicial sobre el caso.

En ese momento, el exmandatario hondureño conocerá sus derechos y los cargos en su contra, se hacen arreglos correspondientes para que tenga un abogado y el juez decide si el acusado permanecerá en prisión o será liberado hasta el juicio.

"En el caso del Hernández, es claro que seguirá guardando prisión el resto del procedimiento por carecer de arraigo e inminente peligro de fuga", indicó Estrada.

¿Podrá pagar fianza el expresidente Hernández?

En otros casos, la ley de Estados Unidos permite que el acusado sea liberado de prisión antes de un juicio si cumple con los requisitos para pagar la fianza.

Antes de que el juez tome la decisión de conceder la libertad bajo fianza, se debe de celebrar una audiencia para conocer los datos del acusado, incluido cuánto tiempo ha vivido en la zona, si tiene familiares cerca, antecedentes penales y si ha amenazado a alguien.

No obstante, por la gravedad de los delitos, Hernández no tendrá derecho a la fianza.

Declaración culpable o no culpable

Es en la comparecencia inicial es donde el acusado debe declararse culpable o no culpable.

El sistema judicial de Estados Unidos considera que la lectura de cargos es una notificación formal de los cargos.

Los jueces deben notificar a los acusados ​​de sus derechos legales cuando lean los cargos en la comparecencia. Aquí, el juez es responsable de verificar la exactitud de la identidad del acusado.

El acusado deberá confirmar que es la persona que figura en la denuncia formal. La lectura de cargos no requiere que el juez confirme la identidad del acusado, eso ya se hizo antes.

JOH podría declararse inocente

Si el acusado se declara inocente en la lectura de cargos, como podría suceder en el caso del expresidente Hernández, el sistema judicial de Estados Unidos debe programar un juicio o un juicio preliminar, según el tipo de cargo.

Cuando los acusados ​​se declaran "culpables" en una lectura de cargos, el juez debe dictar una sentencia.

Es posible que el abogado del expresidente Hernández no esté presente en la audiencia inicial debido al hecho de que el aún puede estar en el proceso de seleccionar una representación adecuada.

En una lectura de cargos, el abogado del acusado generalmente está presente para ayudarlo a presentar su declaración de culpabilidad oficial.

Al finalizar este procedimiento el juez determinará una fecha para el juicio y esta puede variar según las estrategias de la defensa.

El exmandatario de Honduras podría ser extraditado mañana jueves a Estados Unidos tras ser pedido en extradición por parte de la Corte del Distrito Sur de Nueva York.

Delitos por los que es acusado el expresidente Hernández

Hernández está siendo acusado de tres delitos. El primero es por conspiración para importar sustancias controladas con el conocimiento de que dicha sustancias sería importada ilegalmente al país norteamericano.

El segundo cargo es por usar o portar armas de fuego, o ayudar e instigar al uso, el poder y la posesión de ametralladoras y dispositivos destructivos.

Mientras que el cargo tres se refiere a una conspiración para usar o portar armas de fuego; incluyendo ametralladoras y dispositivos destructivo en apoyo de la conspiración de importación de narcóticos.