De acuerdo con lo informado por la CNBS, esta determinación se tomó ante la disminución de las reservas internacionales registradas en los primeros tres meses del año en curso.  

En ese sentido, señalan que si una persona quiere convertir un préstamo vigente de lempiras a dólares y está en categoría 1, porque tiene atrasos ocasionales en el pago de sus cuotas, para recibir el nuevo crédito el banco deberá crear reservas de 5 %, es decir, cinco de cada 100 lempiras.  

Además, explican que si el crédito está en categoría 2, que son aquellos que tienen atrasos de pagos de hasta 90 días, el banco debe hacer una reserva del 10 % o sea, 10 de cada 100 lempiras.  

LEA: 'No podemos vivir solo de remesas, necesitamos inversión, producción y empleo': Santiago Herrera

Mientras que, para los préstamos que están en categoría 3, porque tienen cuotas atrasadas mayores a 90 días, los bancos deben congelar entre el 25 y 100 %.  

Ante ello, aseguran que estas reservas no afectan la transacción o el monto del préstamo, sino que se refieren a dinero que los bancos o financieras deben tener disponibles de sus propios recursos para cubrir posibles pérdidas sobre los préstamos que otorgan.  

De igual forma, la CNBS sostiene que con estas medidas se busca desalentar a las instituciones financieras a que no sigan convirtiendo los préstamos de lempiras a dólares principalmente.  

También, reducir la demanda para mermar la caída de las reservas internacionales que son los dólares que tiene el país para garantizar que se importen productos necesarios, como combustibles, maquinarias o insumos para producir.  

ADEMÁS: Analistas cuestionan y otros justifican reactivación de la subasta de divisas