"Estamos atrapados en una situación irracional. Es el único país donde los bienes se devuelven en un Juzgado de lo Penal, pero esos mismos bienes los fiscales los llevan al Juzgado de privación de dominio", manifestó Duarte mientras el Juzgado de Privación de Dominio celebró la audiencia de evacuación de medios de prueba.
En ella, se inició con las deposiciones de Sauceda, posteriormente se evacuaron los medios probatorios presentados por el Ministerio Público y se concluyó con la presentación de pruebas de la defensa.
El 3 de febrero de 2022, la Sala II del Tribunal de Sentencia con Jurisdicción Nacional, por unanimidad de votos, absolvió a Sauceda de los cargos anteriormente descritos.
En su resolución, los jueces expresaron que el Ministerio Público no fue capaz de justificar que el alto rango de la Policía Nacional malversó 13.8 millones de lempiras en un período de 11 años, como indicaba el requerimiento fiscal que se presentó dos años atrás, el 11 de febrero de 2020, cuando a Sauceda se le capturó en su residencia localizada en el sur de Tegucigalpa, capital de Honduras.
Los jueces basaron su fallo en la reforma a Ley de Lavado de Activos, contenida en el decreto 57-2020, y en la reforma al Código Penal, integrada en el decreto 93-2021. Los dos fueron recientemente derogados por el Congreso Nacional.
Ante los jueces, la Fiscalía manifestó que los productos financieros, bienes muebles e inmuebles obtenidos e inversiones realizadas, carecen de fundamento económico legal.
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Además, el desglose salarial de Sauceda en la fase investigada ascendía a casi seis millones de lempiras, sin deducciones. Sin embargo, todos esos medios probatorios fueron desechados por los jueces.
"Nosotros ya acreditamos ante jueces de lo Penal la licitud y procedencia lícita de bienes, pero, cuando lo absolvieron, los fiscales llevaron esos bienes al Juzgado de Privación de Dominio. Lo están acusando dos veces", expresó Duarte.
El abogado defensor señaló que "los mismos medios de prueba" presentados ante el Tribunal de Sentencia, que ya absolvió a Sauceda, están siendo utilizados en el proceso actual.
No obstante, el proceso del embargo se hizo mediante la Ley de Privación Definitiva de Bienes de Origen Ilícito, el que es de carácter civil y separado del juico penal.
En esos casos, una persona puede perder sus bienes por la ley de privación- al no justificar el origen lícito- y ser absuelto del caso penal que se relaciona al lavado de activo.
Duarte refutó los alegatos de los fiscales y señaló al fiscal general, Óscar Chinchilla, de "ensañarse" contra su cliente.
Según él, aunque la Fiscalía afirmó que Sauceda poseía 13 millones de lempiras, "en realidad se trata de una suma acumulada durante un período de 25 años".
"Estos fondos", sostuvo Duarte, "son producto de sueldo y gastos de funcionamiento proporcionados por la Secretaría de Seguridad".
"Mi cliente vivía en una casa valorada en 2 millones de lempiras, que seguía pagando, y se le aseguró un carro valorado en 155,000 lempiras", agregó.
Además, subrayó que el Tribunal Superior de Cuentas (TSC) nunca emitió un informe de enriquecimiento ilícito o malversación de caudales públicos contra su cliente.
Caída y absolución
Leonel Sauceda, que ingresó a la Policía Nacional el 22 de enero de 1992 y a inicios de 2020 se le ascendió a comisionado general (el segundo rango más alto dentro de la jerarquía policial), fue acusado de lavado de activos y malversación de caudales públicos, y capturado el 11 de febrero de 2020.
Tras su absolución, 3 de febrero de 2022, Sauceda expresó a medios locales: "Desde cualquier posición que Dios decida colocarme, voy a seguir luchando por hacer lo correcto, nunca me voy acomodar para hacer algo indebido y si por eso me marginan, me sacan y me acusan, como lo han hecho, lo voy a seguir haciendo".
