La aprobación de la Ley de Justicia Energética en el Congreso Nacional abre una nueva etapa para la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), que deberá avanzar hacia una reorganización de sus operaciones, nuevas reglas para la compra de energía y mayores mecanismos de supervisión.
El diputado del Partido Nacional Mario Pérez consideró que la reforma genera expectativas para mejorar la eficiencia de la estatal, reducir sus pérdidas y conseguir mejores precios para los usuarios. Sin embargo, advirtió que ahora el resultado dependerá de la ejecución de las instituciones responsables.
Según Pérez, queda en manos de la ENEE y de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE) ejecutar estas acciones, después de la aprobación de la reforma, que obtuvo 78 votos en el Congreso Nacional.
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Uno de los puntos que el diputado considera más importantes es la prohibición de las contrataciones directas para nuevas compras de energía.

El artículo 18 establece que la ENEE y las distribuidoras deberán adquirir potencia firme y energía mediante procesos competitivos, teniendo como regla las licitaciones públicas. También permite utilizar subastas inversas cuando resulten técnica, económica y jurídicamente convenientes.
Pérez sostuvo que esta disposición debe permitir que diferentes proveedores compitan por ofrecer mejores condiciones.
"Prohibido las contrataciones directas, todo mediante licitación a los mejores precios para el pueblo hondureño", señaló.
Pérez pide una licitación en los próximos días
El diputado fue más allá y pidió al gerente de la ENEE, Guillermo Peña, comenzar cuanto antes con el primer proceso bajo las nuevas reglas.
"Tenés que lanzar una licitación ya en los próximos días", expresó Pérez, al exigir que el proceso sea público, transparente y abierto.
Su expectativa es que las mejores condiciones obtenidas en la compra de energía puedan trasladarse posteriormente a los consumidores mediante facturas más favorables.
Pérez también cuestionó a administraciones anteriores de la ENEE y aseguró que no realizaron suficientes procesos de licitación. En particular, señaló al exgerente Erick Tejada y afirmó que durante cuatro años no realizó ninguna licitación, aunque posteriormente lanzó una en los últimos meses de su gestión.
La nueva legislación también establece reglas para los contratos existentes. El artículo 17 señala que los contratos de compra de capacidad y energía firmados antes de la entrada en vigencia del decreto continuarán hasta que venzan sus respectivos plazos, pero establece restricciones para renovarlos, prorrogarlos o extenderlos.
Cuando se autorice una renovación, el precio no podrá superar el precio medio del mercado de contratos vigentes de la misma tecnología y deberá contar con aprobación del Congreso.
Además, el artículo 22 establece que los contratos de suministro de energía y otros acuerdos regulados que comprometan económica, financiera o jurídicamente al siguiente gobierno deberán recibir aprobación previa del Congreso Nacional.
Una reforma que reorganiza la ENEE
La Ley de Justicia Energética no se limita a las compras de energía. El decreto consta de 37 artículos y modifica disposiciones de la Ley General de la Industria Eléctrica y de la Ley Constitutiva de la ENEE.
El artículo 1 establece que la tarifa aplicada en el último recibo generado al usuario no podrá incrementarse durante seis meses desde la entrada en vigencia del decreto. El Congreso podría extender ese período por otros seis meses.

El artículo 2 modifica la Ley General de la Industria Eléctrica y amplía su alcance a actividades como generación, almacenamiento, transmisión, distribución y comercialización. También plantea objetivos de suplir la demanda al menor costo económico, garantizar una operación segura y proteger los derechos de los usuarios.
Dentro de ese mismo artículo se modifica la estructura de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE), que funcionará como una entidad desconcentrada de la Presidencia, con independencia funcional, presupuestaria y financiera.
Creación de operador de sistema
También se crea el Operador del Sistema y del Mercado (OSM), entidad independiente que tendrá a su cargo la operación integrada del sistema eléctrico nacional y la administración del mercado.
Entre sus funciones estarán dirigir el despacho, administrar el acceso a la red, liquidar las operaciones del mercado y proponer a la CREE costos base de generación utilizados en las tarifas.
El artículo 3 establece la transformación y escisión de la ENEE. La estatal deberá separar sus actividades de generación, transmisión y distribución mediante empresas subsidiarias, mientras la ENEE Matriz conservará la titularidad de las acciones.
Los artículos 4 y 5 establecen reglas de gobierno corporativo, transparencia y auditoría, incluyendo auditorías externas independientes anuales para las subsidiarias.
El artículo 6 establece reglas propias para las compras y contrataciones de las subsidiarias, bajo principios de transparencia, libre competencia, igualdad y eficiencia. También regula sus posibilidades de financiamiento y establece límites para comprometer activos estratégicos de la estatal.
Pérdidas, medidores y combate al fraude
Otro de los ejes de la reforma es la reducción de pérdidas. El artículo 9 ordena a la ENEE intervenir y evaluar el Programa Nacional para la Reducción de Pérdidas y publicar sus resultados.
A esto se suma el artículo 33, que obliga a implementar programas de medición inteligente, telemedición y monitoreo remoto para detectar y reducir pérdidas técnicas y no técnicas.
La ley también dedica varios artículos a los usuarios y al fraude eléctrico. El artículo 25 establece que la distribuidora deberá instalar el medidor dentro de un máximo de 30 días calendario después de la solicitud y el cumplimiento de los requisitos.
El artículo 30 define conductas consideradas fraude eléctrico, como conexiones clandestinas, reconexiones no autorizadas y manipulación de medidores.
Mientras tanto, el artículo 31 concede, por única vez, un período de tres meses para que quienes tengan conexiones ilegales o equipos alterados puedan regularizar voluntariamente su suministro bajo las condiciones establecidas en la ley.
La legislación también crea un registro de usuarios relacionados con obligaciones firmes por fraude o hurto de energía y establece mecanismos de medición inteligente.
ENEE seguirá siendo estatal
Uno de los aspectos que generó debate político durante la discusión de la reforma fue el futuro de la ENEE.
El artículo 24 establece expresamente que la ENEE conservará su carácter público y seguirá siendo una empresa estatal y organismo autónomo de servicio público.
Aunque la reforma plantea una separación de las actividades de generación, transmisión y distribución mediante subsidiarias, la ENEE Matriz conservará la titularidad de las acciones y ejercerá funciones de gobierno corporativo.

El decreto también contempla medidas relacionadas con la energía solar residencial. El artículo 23 permite a las familias adquirir e instalar sistemas solares para uso residencial y establece exenciones tributarias para paneles, inversores, baterías y otros equipos, bajo los requisitos que determine el reglamento.
Además, el artículo 34 ordena a la ENEE y a la CREE adoptar un plan para enfrentar los efectos de la sequía y el déficit hídrico durante el período 2026-2027, incluyendo mecanismos temporales para incorporar capacidad de generación y energía cuando sea necesario.
El artículo 35, por su parte, da a la ENEE 120 días para presentar al Congreso un informe sobre su deuda histórica y un plan estratégico para atenderla.
Congelamiento temporal de la tarifa
La ley entrará en vigencia después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Como una de las medidas dirigidas directamente a los usuarios, la ley establece que, una vez que el texto entre en vigencia, la tarifa aplicada en el último recibo de energía no podrá incrementarse durante seis meses, período que podría prorrogarse por otros seis meses mediante decisión del Congreso Nacional.

El dictamen también contempla que los subsidios que establezca el Estado deberán aplicarse de forma separada y explícita en la factura de los beneficiarios y contar con una fuente de financiamiento, sin trasladar su costo a otras categorías de usuarios.
Para el legislador Mario Pérez, el desafío comienza ahora. Tras los días de negociación que permitieron alcanzar los 78 votos, el diputado espera que la ENEE y la CREE ejecuten rápidamente las nuevas disposiciones.
"Ojalá que ellos hoy tan rápido nos den los resultados que todos queremos", concluyó.
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